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En la capital, dos sujetos extorsionaban a las personas en la modalidad de 'sexting' y exigían una gran suma de dinero para no divulgar contenido.
En el marco del Plan Ayacucho Plus, tropas del Gaula Militar Cundinamarca, de la Brigada 13, en articulación con el CTI de la Fiscalía General de la Nación, en la localidad de Los Mártires, en el sur de Bogotá, capturaron a dos sujetos quienes serían los responsables de extorsionar a las personas bajo la modalidad de ‘sexting’ a varios habitantes del sur de la capital.
Los capturados obtenían a través de plataformas de mensajería y redes sociales fotos y videos íntimos de sus víctimas, luego, les exigían una suma de alrededor de 2’500.000 pesos a cambio de no divulgar dicho material a familiares, amigos y personas cercanas.
De acuerdo con las autoridades, los dos sujetos eran presuntos integrantes de la banda delincuencial Tren de Aragua.
El teniente coronel Óscar Reyes, comandante del Gaula Militar Cundinamarca, reiteró el llamado a la ciudadanía en esta Semana Santa a denunciar cualquier caso de extorsión o secuestro en la línea gratuita nacional 147 de los Gaula militares.
Esta modalidad implica el envío de contenido íntimo explícito a través de medios electrónicos en respuesta a mensajes y fotos o videos similares. Algunos de los riesgos y consecuencias en el ciberacoso, chantaje o extorsión como el anteriormente mencionado a cambio de sumas grandes de dinero.
Sin embargo, en muchos lugares la posesión y distribución de contenido íntimo de menores es ilegal, incluso si es consentido.
La Ley 1273 de 2009 modificó el Código Penal e introdujo la protección de la información y los datos. La violación de datos personales (artículo 269F) puede aplicarse si se divulgan imágenes o videos íntimos sin el consentimiento de la persona, con penas de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En casos que involucren a menores de edad, las implicaciones son aún más graves. El envío, la posesión o la distribución de material de ‘sexting’ con menores puede constituir material de abuso íntimo (artículo 235 del Código Penal y Ley 1336 de 2009), con penas de prisión significativas.
Dependiendo del contexto y el contenido del material, podrían darse delitos como la injuria y la calumnia (si el contenido daña la honra o la reputación de alguien) o la extorsión (si se amenaza con la divulgación del material para obtener algún beneficio).
Durante un proceso judicial se podrán determinar daños físicos, psicológicos o morales que haya sufrido la víctima y por lo que el autor de los hechos deberá indemnizar a la persona de forma económica.
Si alguien comparte una foto íntima en Colombia sin consentimiento, es crucial que tome acciones inmediatas para proteger los derechos y buscar justicia.
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