Estos trabajadores en Colombia se podrán pensionar de 55 años y recibir grandes beneficios
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Visitar sitioEstos trabajadores tendrán grandes beneficios más allá de la edad de pensión. Conozca cuáles son y para quiénes aplican.
En Colombia, la ley establece que, para acceder a una pensión, los ciudadanos deben cumplir dos requisitos fundamentales: alcanzar una edad determinada y haber cotizado un número mínimo de semanas.
En el régimen general, los hombres deben tener 62 años y las mujeres 57, además de haber cotizado al menos 1.300 semanas. Sin embargo, con la entrada en vigor de la reforma pensional prevista para junio, se contempla una reducción progresiva en el número de semanas requeridas para las mujeres, que pasará a ser de 1.000.
(Vea también: Alertan a pensionados por declaración de renta 2025; deberán pagar desde este monto)
Cabe señalar que no todos los trabajadores del país se rigen por estas condiciones. Existen regímenes especiales que aplican a ciertos sectores, como el magisterio, cuyos docentes cuentan con normativas particulares en materia de pensión. En este contexto, se destacan dos decretos, el Decreto 2277 de 1979 y el Decreto 1278 de 2002, los cuales regulan las condiciones de jubilación de los profesores según el régimen bajo el cual hayan sido vinculados.
El Decreto 2277 de 1979 establece que los docentes que ingresaron al servicio público antes del año 2002 pueden pensionarse a los 55 años, sin distinción de género, siempre que hayan prestado un mínimo de 20 años de servicio, continuos o no.
Este régimen contempla condiciones más flexibles en comparación con el régimen general. Además, estipula que el valor de la pensión corresponderá al 75 % del salario devengado por el docente durante su último año de servicio, incluyendo horas extras, bonificaciones y otros ingresos adicionales.
En caso de que el docente cumpla con la edad mínima para pensionarse, pero no con el tiempo de servicio requerido, podrá continuar trabajando hasta completar los años necesarios para acceder a la pensión bajo este régimen especial.
¿Cuáles son los beneficios para pensión de docentes con el decreto 1278 de 2002?
Por otro lado, el Decreto 1278 de 2002, conocido como el Estatuto de Profesionalización Docente, aplica a quienes ingresaron al sistema educativo oficial a partir de ese año. En este caso, los docentes deben cumplir con los requisitos del régimen general: tener 57 años y haber cotizado 1.300 semanas, ya sea en Colpensiones o en fondos privados.
A diferencia del régimen anterior, este estatuto permite que los docentes continúen en ejercicio hasta los 70 años, incluso después de haber cumplido con los requisitos para pensionarse. Esto brinda la posibilidad de seguir activos laboralmente por un tiempo adicional, si así lo desean.
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