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Docentes en Medellín y Bogotá están dentro del selecto grupo de profesionales que pueden tomarse 12 meses de vacaciones, estudio o investigación. Así funciona.
Un selecto grupo de colombianos trabajadores está dentro de la lista de personas que tienen derecho a un año sabático en el país. Se trata de algunos docentes en Bogotá y Medellín que están incluidos en acuerdos que les avalan este derecho, pero también hay una norma que les sonríe a 20 afortunados.
(Vea también: Dicen qué tan costoso es vivir en Colombia comparado con otros países del mundo)
Estos maestros están habilitados para solicitar a sus instituciones que les concedan 12 meses con pago de salario sin ir a trabajar para gestionar su estudio o llevar a cabo una investigación.
En la capital esta medida la avala el Acuerdo 613 de 2015 del Concejo de Bogotá, D. C., el cual describe este como un estímulo que se aplica solo una vez y que requiere de ciertas condiciones para ser aprobado. Durante este año la persona se libera voluntariamente de sus actividades laborales y recibe doce meses calendario de salario para un proyecto de investigación.
Estos son los requisitos:
Cabe mencionar que las condiciones para solicitarlo pueden variar de una convocatoria a otra y la asignación será mínimo de un estímulo por cada localidad de la ciudad.
En la capital antioqueña esta medida la regula el Acuerdo Superior 083 de 1996 y aplica para los profesores de la Universidad de Antioquia. Se describe este beneficio como un año con goce de sueldo y sin pérdida de antigüedad.
“Durante el año sabático el profesor podrá dedicarse a la investigación, a la preparación de libros y de material didáctico, a la realización de actividades en el marco de convenios o programas interinstitucionales, a la creación artística, a la realización de pasantías, y a otras actividades académicas”, estipula la norma.
Esta universidad señala algunos de los aspectos claves:
A nivel nacional son 20 los afortunados que pueden acceder a un año sabático patrocinado por el Estado. Esta medida la regula el artículo 133 de la Ley General de Educación.
Este establece que “los 20 educadores estatales de la educación por niveles y grados mejor evaluados del país y que además hayan cumplido 10 años de servicio, tendrán por una sola vez, como estímulo, un año de estudio sabático, por cuenta del Estado, según la reglamentación que expida el Gobierno Nacional”.
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