Aviso para pensionados con mesada adicional que recibirán en diciembre; muchos no lo saben

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La norma dicta en qué casos se entrega la la prima navideña para pensionados en Colombia. Estos son los requisitos que se deben cumplir.

La normativa local dice que la prima navideña para pensionados en Colombia deberá tener ciertos requerimientos, aunque hace parte de la mesada número 13 que deben entregar los fondos que jubilan a cotizantes en el país.

De acuerdo con información dada a conocer por el Ministerio de Trabajo, el pago que se hace para esta mesada debe sostenerse sobre el monto de la pensión que recibe el jubilado.

El pago se divide en dos partes. La prima navideña para pensionados en Colombia se paga en la primera quincena de diciembre.

(Vea también: Se agota el tiempo para miles de pensionados: última chance para cambiar de fondo)

El otro 50 % de esa mesada número 13 debió haberse consignado en la cuenta del pensionado a mediados de año.

Entonces, si un jubilado recibe una mesada de $ 2.000.000 millones, la prima navideña para pensionados en Colombia deberá ser del orden del millón de pesos.

Recuerda el Ministerio de Trabajo que, en caso de que el fondo no cumpla con el pago de esa mesada extra, los cotizantes podrán imponer las respectivas quejas ante el Ministerio para garantizar la entrega del ahorro.

¿Hay requisitos para poder recibir la prima navideña para pensionados en Colombia?

Adicionalmente, dice el Ministerio de Trabajo, este pago corresponde para los pensionados que, siendo hombres tengan 62 años y mínimo 1.300 semanas. Para las mujeres, la mesada es para aquellas que cumplieran 57 años y un mínimo de 1.300 semanas.

Asegura la legislación colombiana que la prima navideña para pensionados en Colombia debe entenderse como una mesada adicional y, por ende, es un ingreso esencial del jubilado.

Una de las dudas frecuentes tiene en cuenta lo que pudiera pasar con ese pago dentro de lo que viene para el nuevo sistema de jubilaciones.

La reforma pensional, según lo avalado por el legislativo, no elimina la prima navideña para pensionados en Colombia. 

Por el contrario, el artículo 89 de la reforma que aprobó el Congreso establece que los pensionados por vejez, jubilación, invalidez, sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo esta mesada adicional.

La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, incluso ha mencionado la posibilidad de que el país vuelva a tener la mesada 14 para todos los jubilados por el sistema.

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