Cuánto les deben pagar a las empleadas domésticas en la prima de junio; evite sorpresas
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Visitar sitioLa prima de servicios es una prestación social que desde 2016 se amplió para que la reciban trabajadores domésticos, choferes de servicio familiar entre otros.
Con la llegada de junio, los empleadores colombianos deben prepararse para cumplir con una obligación laboral esencial: el pago de la prima de servicios a las trabajadoras domésticas.
Este derecho, establecido por la Ley 1788 de 2016, amplió este beneficio para incluir a trabajadores domésticos, choferes de servicio familiar, cuidadores de fincas y otros empleados en condiciones similares.
La prima de servicios es una prestación social que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, pagada en dos cuotas: una en junio (con fecha límite el 30) y otra en diciembre (antes del 20). Este beneficio aplica a todos los trabajadores con contrato formal, incluyendo a las empleadas domésticas que laboran a tiempo completo o por días.
(Vea también: Subsidio que reciben varios trabajadores tendría revolcón; dato los deja a la expectativa)
¿Cómo se calcula la prima de mitad de año?
La fórmula general para calcular la prima es:
Prima = (Salario mensual + Auxilio de transporte) × Días trabajados / 360
Para 2025, el salario mínimo legal mensual vigente es de $ 1.423.500 y el auxilio de transporte es de $ 200.000.
Ejemplo para empleadas a tiempo completo:
Si una trabajadora ha laborado los 180 días del semestre:
(1.423.500 + 200.000) × 180 / 360 = $ 811.750)
Para quienes trabajan por días, se toma el salario diario base, se suman ingresos adicionales como el auxilio de transporte y el promedio de horas extras, si aplica.
La cifra se multiplica por el número de días trabajados a la semana y luego por 4,33 (promedio de semanas en un mes). Finalmente, se aplica la fórmula general para calcular la prima.
¿Qué pasa si no se paga la prima?
El incumplimiento en el pago de la prima puede acarrear sanciones legales para el empleador, incluyendo el pago de intereses por mora y posibles acciones legales por parte del trabajador.
En ese caso, las multas pueden ser entre uno y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($ 7.117.500.000).
(Lea también: Aclaran qué pensionados recibirán dinero extra desde junio, por ley que entró en vigencia)
Finalmente, es importante mencionar que esta obligación es regulada por el artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo que aplica a empleados bajo contrato laboral vigente.
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