Banco de la República dice si mito de que cambia billetes falsos por verdaderos es real

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

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Escrito por:  Mauricio Alejandro Hernández Guarnizo
Actualizado: 2025-02-16 22:07:12

El emisor destapó si es verdad uno de los rumores que más ronda por las calles de Colombia. Esto es lo que debe saber antes de llevar un billete falso.

Recibir un billete falso o en mal estado puede causar preocupación entre los ciudadanos que aún utilizan efectivo en sus transacciones, ya que muchos no cuentan con grandes recursos para pagar con otro en tiendas, mercados o restaurantes.

(Vea también: Lío para quienes tienen billetes de $ 50.000 y $ 100.000 en Colombia; novedad inesperada)

En Colombia hay un procedimiento oficial establecido por la Superintendencia Financiera y Asobancaria para estos casos.

Lo primero que se debe hacer es acudir a un banco para presentar un reclamo. El proceso incluye diligenciar un formato con datos del retiro, la denominación y la serie del billete. Si el billete proviene de un cajero automático, es clave adjuntar el comprobante de retiro. En cualquier momento, los ciudadanos pueden presentar su reclamación ante la entidad financiera, la Superintendencia o el Defensor del Consumidor Financiero.

El banco es el encargado de verificar si el billete es falso, comprobar su origen y revisar las marcas de seguridad que algunas entidades colocan en los billetes. También analiza el perfil del cliente para detectar posibles irregularidades. Si la reclamación procede, el banco puede abonar el valor del billete o cambiarlo.

¿El Banco de la República cambia billetes falsos por verdaderos?

Algo que muchos se preguntan es si el Banco de la República cambia o no los billetes falsos por auténticos. Debe saber que ese mito es mentira, ya que si una persona llega allí con un billete ‘chimbo’, lo máximo que va a lograr es que lo destruyan para que no continúe circulando.

En el caso de que usted lleve un billete auténtico, pero que esté en mal estado, ahí sí se lo cambian por uno nuevo. La Resolución 4 del 24 de julio de 1998, artículo 9, establece que esos billetes se podrán reemplazar siempre y cuando:

  1. Sean auténtico.
  2. Tengan la impresión por ambos lados del billete.
  3. Estén conformados de por lo menos tres quintas partes continuas, ya sea “en uno o en varios pedazos”.
  4. Tenga la numeración completa.
FUENTES CONSULTADAS

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