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La ley colombiana señala que el solicitante de un crédito podría pagar entre 16 y 108 meses de prisión por cometer esta falta grave.
Miles de personas en Colombia recurren al banco de su preferencia para solicitar un crédito, ya sea hipotecario, para vehículo o de libre inversión, con el fin de cumplir sus objetivos, pese a pagar un porcentaje extra, que no puede superar cifra que define el Banco de la República mes a mes sobre las tasas de interés y usura.
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En el proceso de poder cumplir con los pagos a las entidades financieras del país, son muchos quienes no consiguen hacerlo en los plazos estipulados y esto podría acarrearle varios problemas, incluso, son reportados en Datacrédito, lo que traería varios obstáculos para solicitar un nuevo préstamo en el futuro.
Sin embargo, el pedir un crédito bancario y no pagarlo en los tiempos establecidos no significa que lo vayan a encarcelar, pues la ley constitucional lo impide, pero hay casos en los que sí puede terminar tras las rejas.
Entre estos se destaca si el solicitante del crédito entregó información falsa a las entidades financieras para poder acceder al préstamo, por lo que podría pasar al menos 16 meses en prisión por falsedad en documento privado.
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Así lo indica el artículo 289 del Código Penal: “El que falsigique documento privado que pueda servir de prueba, incurrirá, si lo usa, en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses“.
Otra de las deudas que podrían llevarlo a la cárcel es no pagar los impuestos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian. Por esto, los evasores se enfrentan entre 49 y 108 meses de cárcel.
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