Prepárese: ¿cuándo suben impuestos a bebidas azucaradas y ultraprocesados en Colombia?

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El lapso se dio para que los productores que deben asumir el nuevo tributo tengan el espacio necesario para adaptarse.

La reforma tributaria del presidente Gustavo Petro estipula el incremento de impuestos a las bebidas azucaradas y algunos alimentos ultraprocesados que se producen y consumen en Colombia. En medio de la conciliación del texto final del proyecto se fijó desde cuándo suben estos impuestos.

Luego de tres días de renegociaciones, la reforma tributaria en Colombia estableció que para el próximo año empiecen a regir los impuestos para las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados.

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Con esto de base, y a espera de que sea confirmada la conciliación por el Congreso de Colombia, los impuestos para las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados van a entrar en vigor desde noviembre del año 2023.

El lapso se dio para que los productores que deben asumir el nuevo tributo tengan el espacio necesario para adaptarse y entregar al mercado alimentos o más saludables o ya con las nuevas tarifas por las imposiciones de estos gravámenes.

Las tarifas de impuestos dentro de la reforma tributaria

Las tarifas de estos impuestos, vale recordar, quedan para los años 2023, 2024 y 2025. Para los años 2023 y 2024, las bebidas que contengan menos de 6 gramos de azúcares añadidos no pagarán impuesto.

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Las que tengan azúcares añadidos entre los 6 y los 10 gramos deberán asumir un impuesto de $18 para 2023 y de $28 para el año 2024. Cuando sea mayor o igual a 10 gramos será de $35 y $55 para 2023 y 2024, respectivamente.

De cara al año 2025, serán aquellas bebidas hasta 5 gramos de azúcares añadidos que no paguen impuestos. Y, entre 5 y 9 gramos, deberán asumirse impuestos del orden de los $38. Al tiempo que igual, o más, de $9 gramos el impuesto será de $65.

Del lado de los alimentos ultraprocesados estos se entenderán cuando se les añadasal o sodio, grasas extra y también azúcares.

De esta manera, la tarifa será del 10 % en el año 2023, del 15 % en el año 2024 y del 20 % a partir del año 2025. Bajo este supuesto, no serán responsables de este impuesto, los productores, personas naturales, que en el año gravable anterior o en el año en curso hubieran obtenido ingresos brutos inferiores a 10.000 UVT ($380 millones).

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