Comienzan declaraciones de renta: ¿quiénes, por qué y qué necesitan para hacerlo?

Economía
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Desde este martes 6 de agosto, más de tres millones de colombianos están obligados a cumplir con ese requisito tributario correspondiente al año 2018.

Los vencimientos finalizan el próximo 17 de octubre y el trámite se hace de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante que conste en el RUT, informó la Dian. Cada enumeración tiene un límite máximo para hacerlo.

Por ejemplo, este martes, los números 99 y 00 iniciarán el calendario; el miércoles festivo 7 de agosto no habrá atención y el 17 de octubre los dígitos 01 y 02 cerrarán la jornada. En total, el Gobierno espera racaudar 3,2 billones de pesos.

El calendario completo lo podrá revisar en el siguiente enlace. Por día y fecha, allí verá qué dígitos del NIT deben cumplir con la obligación. Vale recordar que, según corresponda, la fecha que encuentre asociada a sus dígitos es el plazo máximo y no la única para hacer la declaración.

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Si en 2018 usted tuvo al menos uno de las siguientes condiciones, debe declarar renta:

  1. Patrimonio bruto igual o superior 149.202.000 pesos (a 31 de diciembre de 2018).
  2. Ingresos superiores a 46.418.000 pesos.
  3. Consumos con tarjetas de crédito superiores 46.418.000 pesos.
  4. Compras y consumos totales superiores 46.418.000 pesos.
  5. Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por más de 46.418.000 pesos.
  6. Si es responsable o retenedor del Impuesto Sobre las Ventas (IVA).

Para hacer los trámites del formulario correspondiente, la Dian dispuso de todas sus oficinas físicas del país y de su página web.

Quienes no cumplan con su declaración podrán recibir sanciones y cobros extras desde el 5 % en adelante por cada mes o fracción de retraso en el impuesto a cargo, cifra que se sumará a los intereses correspondientes de cada pago.

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