Corte confirma alivio a trabajadores: ARL debe responder por accidentes antes de entrar al trabajo
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La Corte Suprema confirmó que la ARL debe reconocer un accidente laboral ocurrido antes de iniciar la jornada, incluso fuera del trabajo, si está relacionado.
La Corte Suprema de Justicia confirmó que un accidente puede ser reconocido como laboral incluso si ocurre fuera del lugar de trabajo y minutos antes de comenzar la jornada, siempre que exista una relación directa con la prestación del servicio.
En estos casos, la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) puede estar obligada a asumir las prestaciones correspondientes.
La decisión se tomó tras estudiar el caso de una mujer que reclamaba la pensión de sobrevivientes para ella y sus dos hijas, luego de que su esposo falleciera en un accidente ocurrido a las afueras de su lugar de trabajo, poco antes de iniciar sus labores.
Inicialmente, la ARL fue condenada a reconocer y pagar la prestación, pero un Tribunal Superior revocó esa decisión.
Por ello, el proceso llegó a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema, que finalmente respaldó a la familia y reconoció su derecho a recibir la pensión.
El alto tribunal señaló que el concepto de accidente laboral no debe limitarse exclusivamente a los hechos ocurridos durante la jornada o dentro de las instalaciones de la empresa.
También deben considerarse las circunstancias y la relación del suceso con el trabajo.
Además, la Corte advirtió que los trámites y formalismos administrativos no pueden convertirse en obstáculos para que los beneficiarios accedan a las prestaciones derivadas de un accidente laboral.
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