Así quedarían los pagos de dominicales y festivos con la reforma laboral; es cambio grande

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En Colombia, la jornada laboral diurna está establecida desde las 6 a. m. hasta las 9 p. m. y los festivos se remunerarán con un recargo mayor al actual.

En el primer debate de la reforma laboral en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes se lograron cambios en los pagos de dominicales y festivos en Colombia.

Durante la sesión, que pretende ajustar el Código Sustantivo del Trabajo vigente en el país, se aprobaron 16 de 98 artículos del proyecto contemplados en la propuesta.

(Lea también: Gobierno Petro saca pecho por reforma laboral y dice que Estados Unidos la aprueba)

Uno de los puntos tratados fue el artículo 15 que destaca la redefinición de los horarios diurnos y nocturnos.

En Colombia, la jornada laboral diurna está establecida desde las 6 a. m. hasta las 9 p. m. y los festivos se remunerarán con un recargo mayor al actual.

Los cambios que se aprobaron en Cámara establecieron dos cambios en los dos frentes mencionados que esperan impactar aproximadamente 465.000 trabajadores.

Cambios en dominicales y festivos con la reforma laboral

Si la reforma se aprueba la jornada quedaría así: diurna de 6 a. m. a 7 p. m. y nocturna desde las 7 p. m. a 6 a. m.

Así las cosas, el recargo nocturno a pagar al empleador arrancaría desde las 7:00 p. m.

(Vea también: Trabajadores a los que les subirían el sueldo: empresas podrían ser obligadas a hacerlo)

De otro lado, el trabajo en días festivos y de descanso obligatorio también se ajustaría, ya que tendría un aumento gradual hasta alcanzar el 100 % en julio de 2026.

En 2024, habría un ajuste inicial del 75 % al 80 %, mientras que en julio de 2025 se incrementaría al 90 %. Finalmente, la implementación completa se daría en julio de 2026.

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Teniendo en cuenta esto, los pagos de parte de empleadores se incrementarían cada año hasta alcanzar un pago del 100 % en un horizonte de tres años.

Eso sí, aún falta que la reforma laboral sea aprobada en sus cuatro debates en el Congreso: dos en la Cámara y dos en el Senado.

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