Ley permite que arrendamientos sean más fáciles, ¿pero los arrendadores sí lo aplican?

Economía
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Por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-01-22 08:39:19

Muchas personas desconocen que la legislación colombiana aprueba los contratos verbales de arrendamiento. Con uno, arrendar será más fácil (y delicado).

La ley 820 es la que regula los contratos de arrendamiento en Colombia. Aunque muchos no lo saben, esta aclara que los contratos verbales de arrendamiento en el país son igual de válidos que los hechos a través de documentos firmados.

Para tomar un contrato verbal de arrendamiento, según Portafolio, las dos partes deben ponerse de acuerdo en precios, formas de pago, duración del contrato y pago de servicios.

De esta forma, muchos contratos verbales podrán hacerse ahora en el país, representando un gran alivio para las personas que buscan arriendo y tienen problemas con los documentos.

Sin embargo, los contratos verbales representan un tema delicado para los que arriendan. Evidentemente, al ser verbal no hay un soporte físico que sirva al momento de hacer un cobro o incluso de pedir la devolución del inmueble.

(Vea tambiénCréditos de vivienda serán más fáciles de sacar en Colombia en 2023: revelan claves).

Expertos, como los del Centro Jurídico IUS, recomiendan que los contratos de arrendamiento sean escritos, ya que un documento es mayor soporte que un testimonio, en caso de que las cosas salgan mal entre ambas partes.

“Se aconseja que el contrato se celebre por escrito porque facilita tomar las medidas pertinentes en caso de que alguna de las partes lo incumpla”, detalla IUS en su página web.

En caso de que haya un incumplimiento en un arriendo con contrato verbal el proceso se dificulta e involucra a un notario que debe escuchar las dos versiones y luego pasar ante un juez que debe dirimir la disputa.

Arriendo en Bogotá: controversial oferta publicada en redes indignó a muchos

En Facebook circulan varios anuncios de arrendamientos en Bogotá que les han sacado risas y hasta el malgenio a quienes buscan dónde vivir. Más allá de lo que ofrecen, llama la atención que los arrendadores piden requisitos que podrían resultar discriminatorios y exagerados desde todo punto de vista.

Una de las publicaciones que promociona el arriendo de una habitación señala su valor, los servicios a los que tiene derecho el inquilino y establece las condiciones del acuerdo, las cuales provocaron un sinfín de reacciones.

“Condiciones: 1. No heterosexuales. 2. Que sea vegetariano”, se lee en el anuncio publicado en un grupo de finca raíz.

Como era de esperarse, el anunció rápidamente se llenó de comentarios de rechazo y burla, pues los internautas consideran que las condiciones son una exageración.

FUENTES CONSULTADAS

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