La Corte Constitucional detalló que el ‘influencer’ tendrá que hacer una publicación en redes sociales y también tomar un taller sobre los derechos de la comunidad LGBTIQ+.
Esta decisión llegó luego de una tutela que reclamaba por una vulneración de derechos hacia ese colectivo.
“El video generó un perjuicio al accionante, a la población LGBTIQ+ y transgénero, porque se difundió un mensaje de odio contra estas, lo cual implica reproducir una estigmatización continuada que perpetúa prejuicios estructurales y comúnmente difundidos”, reza el fallo de la Corte Constitucional.
“La estigmatización no puede ser subestimada porque además de vulnerar los derechos fundamentales a la identidad de género como manifestación del libre desarrollo de la personalidad, y su dignidad humana pone en riesgo la vida e integridad física de las personas LGBTIQ+ y la población transgénero”, añadió la Corte.
De igual forma, la Corte hizo una advertencia a Google para que se cuiden los contenidos subidos a YouTube.
“Garantice al interior de la plataforma YouTube y en su procedimiento, un trámite oportuno a denuncias sobre discursos de odio o cualquier otro discurso prohibido por la normativa constitucional e internacional y por los lineamientos o normas comunitarias establecidas por el mismo intermediario de Internet”, concluyó la Corte en su fallo.
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