Por: DIARIO OCCIDENTE

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Este artículo fue curado por Luis Bello   Abr 30, 2024 - 5:16 pm
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Según cifras de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), reveladas en febrero de 2024, el año anterior se registraron 474.579 accidentes de trabajo, 9.320 enfermedades laborales y 654 muertes de origen laboral.

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Frente a los costos que asumió el sistema por estos hechos, Fasecolda informó que estos valores ascendieron a los $4,7 billones.

Más allá de lo que dicen las cifras, ¿usted sabe realmente qué es un accidente de trabajo? Tome nota porque, según la Ley 1562 de 2012, Art. 13, existe una completa definición que explica claramente un evento de este tipo, según diversas circunstancias.

“Un accidente laboral se puede presentar por las siguientes razones: uno, mientras el empleado o colaborador esté desarrollando su tarea u oficio en el horario laboral y en el sitio donde trabaja; dos, aunque esté fuera de su empresa u oficina, siempre y cuando esté cumpliendo con una tarea o función que le designó su jefe; tres, durante el traslado del empleado hacía su lugar de trabajo o saliendo de él; cuarto, mientras esté desarrollando el ejercicio de la función sindical; y quinto, el que se produce por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales en representación de la empresa donde trabaja”, indica la ley.

¿Qué es un accidente de trabajo y qué no?

Con el fin de ilustrar en la práctica y de forma más clara y fácil de entender este tipo de episodios, Claudia Marcela Tabares, docente de la Especialización en Gerencia en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Areandina, seccional Pereira, describe tres ejemplos de casos hipotéticos que explican qué es y que no es un accidente de trabajo.

Primero, Mariana trabaja como impulsadora de una marca de alimentos y tiene asignada la zona correspondiente al barrio Cuba, donde debe ir a dos supermercados a realizar su labor.

Va tarde y entonces se apresura a guardar todo. Al trasladar la caja desde la exhibición a la bodega se resbala y cae, le prestan los primeros auxilios y luego llama a su jefe inmediato para informarle lo ocurrido, este le dice que debe trasladarse a la Clínica Rosales (centro de atención donde la ARL tiene convenio), allí le preguntan sus datos y qué se encontraba haciendo en el momento que se accidentó.

Mariana describe con detalle lo ocurrido y la institución hace los contactos para ingresar la atención como un accidente de trabajo. Finalmente la incapacitan por ocho días a raíz de un esguince de tobillo.

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Luego, al reingresarse al trabajo, la contactan el jefe inmediato para saber cómo se siente y del área de Seguridad y Salud en el Trabajo para conversar con ella sobre el evento e identificar las causas que pudieron llevar a que el episodio ocurriera.

“En este caso, Mariana tuvo un accidente de trabajo porque estaba haciendo una actividad relacionada con su labor, dentro de su horario laboral y debe ser atendida por el centro de atención que se encuentra en la red de atención de la ARL en la que se encuentra afiliada”, afirma Tabares.

Segundo, Mariana en el mismo supermercado del barrio Cuba, siendo el mediodía guarda todo, firma la salida, sale de la tienda y se dirige a almorzar en casa de un familiar que vive cerca; sin embargo, mientras caminaba por la acera se resbala y cae, la brigada de emergencias del supermercado le ofrece los primeros auxilios, posteriormente llama a su jefe inmediato, le informa lo ocurrido y este le manifiesta que no es un accidente de trabajo y que debe dirigirse al centro de atención de urgencias que tiene la EPS a la que se encuentra afiliada, igualmente es remitida a la Clínica Rosales.

Allí el médico le pregunta lo ocurrido e identifica que su caso se debe atender por enfermedad común, le da ocho días de incapacidad también por un esguince de tobillo.

Mariana al retornar a su trabajo, el jefe inmediato le pregunta cómo se siente y se reintegra a sus labores de manera normal.

“En este caso no es un accidente de trabajo porque Mariana ya había terminado su jornada laboral; de hecho, ya había entregado y firmado la salida del supermercado”, aclara la docente de Areandina.

Tercero, Mariana dentro de su ruta debe visitar otro supermercado; no obstante, decide desviarse solo un poco y mientras va por el otro camino es golpeada por una moto, llega la ambulancia y la llevan a Clínica Rosales donde le preguntan qué ocurrió.

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Ella responde que se dirigía hacia el supermercado, pero cruzó por otra ruta para aprovechar y saludar a su mamá que ha estado un poco enferma, asimismo precisa que esto lo ha hecho en otras ocasiones sin que le ocurra nada y sin afectar su trabajo.

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Posteriormente, la llama su jefe inmediato y le pregunta por lo sucedido.

“Este caso tampoco se materializa como un accidente de trabajo, debido a que Mariana no estaba haciendo una labor relacionada con su empleo, así se encuentre dentro o cerca de la ruta que tiene definida para hacer su labor.

En este evento, ella debe ser atendida por el Soat, y una vez este recurso se supere, pasará a ser atendida por la EPS a la que se encuentre afiliada”, indica Tabares.

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