La solicitud de dicho análisis fue hecha por el superintendente de Puertos y Transportes, Javier Jaramillo. La liquidación de ambas empresas será de tipo jurisdiccional y mercantil.

A partir de ahora ni Egobus ni Coobus podrán realizar algún tipo de operación enfocada en su objeto social. Sin embargo, mantienen su capacidad jurídica para todo lo referente a actos necesarios para la adjudicación patrimonial, explicó la Supersociedades en su sitio web oficial.

“Mediante este proceso se busca la liquidación pronta y ordenada del patrimonio del deudor”, agregó superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

Para el delegado para Procedimientos de Insolvencia, Nicolás Polanía Tello, en ninguno de los dos casos se aportó información financiera de las empresas, y solo se documentaron ciertos estados financieros comparativos con notas ilegibles.

Desde ahora entonces los deudores del fondo solo pueden pagar sus obligaciones a los liquidadores designados, José Luis Maya Jiménez, para el caso de Egobus, y Omaira Grijalba Camacho, para Coobus, profesionales inscritos en la lista de auxiliares de la justicia de la Superintendencia de Sociedades.

Así mismo, explica el documento, en las próximas semanas los liquidadores deben elaborar el inventario de los activos de las empresas.