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Así lo dio a conocer la Superintendencia de Industria y Comercio, que emitió varias disposiciones que deberán ser cumplidas por la 'app'.
La SIC ordena a WhatsApp cumplir con el estándar nacional de protección de datos de sus 39 millones de usuarios que registra en Colombia. De no dar cumplimiento a estos, el ente regulador le impondría una multa de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes o la eventual suspensión de actividades de la plataforma en el país.
La notificación de la SIC se basa en una orden “de obligatorio cumplimiento” a WhatsApp para que implemente medidas acordes con el estándar colombiano en materia de Habeas Data y debido tratamiento de datos personales.
Según describe la Superindustria, la decisión se tomó a través de la Resolución 29826 de mayo de 2021, luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp LLC incumple en un 57,89% los requisitos que exige la regulación colombiana.
“Adicionalmente, se estableció que dicha empresa tampoco cumple con el 75% de los requerimientos establecidos en el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012”, afirma el ente regulador.
También describe que la SIC estableció que WhatsApp sí recolecta y trata datos personales de 39 millones de usuarios en Colombia y que utiliza “cookies” para recolectar o tratar datos de los mismos en el territorio nacional.
Por lo anterior, señala, que “la Ley 1581 de 2012 es aplicable a WhatsApp, pues esta compañía acopia o captura datos personales a través de una herramienta que se instalan en dispositivos móviles y computadores ubicados en Colombia”.
La SIC, además, estableció tres puntos que debe cumplir la plataforma para evitarse problemas en Colombia:
Vea también: No se asuste: WhatsApp le hará llamada perdida para verificar su número de teléfono
Finalmente, el ente regulador hizo un llamado a WhatsApp para que informe a la SIC una dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones o notificaciones de actos administrativos.
“Lo anterior es muy importante para contar con un canal de comunicación expedito con miras a atender de forma inmediata aquellos requerimientos o decisiones que involucran la protección de los derechos humanos de millones de personas usuarias de los servicios de WhatsApp”, sentenció la decisión.
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