Tribunal Superior de Bogotá confirma condena de 9 años para el empresario Carlos Mattos

Nación
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La Sala Penal de ese tribunal emitió este lunes una sentencia de segunda instancia con la que confirmó la condena proferida el 22 de noviembre del 2022.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá emitió este lunes una sentencia de segunda instancia con la que confirmó la condena proferida el 22 de noviembre de 2022 contra el empresario colombiano Carlos Mattos, procesado por el denominado ‘caso Hyundai’.

(Vea también: A Carlos Mattos se le complicó el corazón y lo remitieron nuevamente a una UCI)

En un documento de 21 páginas, el tribunal de la capital del país reafirmó la condena contra Mattos por los delitos de cohecho por dar u ofrecer en concurso homogéneo, a título de autor y determinador, y daño informático agravado, en calidad de determinador.

Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la sentencia contra Mattos a 9 años, 5 meses y 10 días de prisión, una multa de 701 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 8 años y 20 días.

Tras conocer esta sentencia de noviembre de 2022, la defensa de Mattos apeló la decisión judicial que fue remitida a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Este, por su parte, falló en su sentencia de segunda instancia que niega la nulidad de la primera determinación judicial, con lo que confirmó la condena.

(Vea también: Carlos Mattos, condenado por corrupción, fue hospitalizado de urgencia en Barranquilla)

No se lesionó el debido proceso ni se afectaron derechos fundamentales cuando la Fiscalía se negó a tramitar un nuevo preacuerdo. En relación con este tópico, emerge con claridad que el recurrente incurre en un error sobre el momento a partir del cual resultan vinculantes los convenios que versan sobre la culpabilidad del procesado”, expuso el tribunal en su decisión de segunda instancia.

En otras palabras, el tribunal judicial le respondió a la solicitud de apelación de Mattos que la evidencia aportada por la Fiscalía General de Nación fue suficiente para demostrar los delitos de la acusación y, se aclaró que, la primera instancia, la valoró adecuadamente.

“Tampoco es cierto que el sentenciador desatendió las obligaciones mínimas que su rol le impone en los casos de aceptación de cargos por no constatar el aporte de evidencia suficiente para derruir la presunción de inocencia del acusado y por no emitir una decisión sobre la legalidad del allanamiento”, apuntó el Tribunal Superior de Bogotá.

La defensa de Mattos había solicitado en 2022 que se anulara toda la actuación penal, pero esta petición fue rechazada y se procedió a emitir la sentencia de 9 años, 5 meses y 10 días de prisión, que el empresario trató de frenar recurriendo a la apelación que le acaba de ser resuelta.

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