A prohibición (conocida por pocos) que regirá el 7 de julio en Colombia le salió problema
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Visitar sitioEl 7 de julio entrará en vigencia uno de los componentes de la ley de los denominados productos plásticos de un solo uso.
Se trata de la prohibición de seis productos, los cuales, si no ofrecen alguna alternativa sostenible, como por ejemplo que sean reutilizables, biodegradables o fabricados con materia prima reciclada, entre otras excepciones que establece la ley, no podrán ser comercializados o distribuidos en el territorio a partir de esta fecha.
(Vea también: La prohibición que regirá en Colombia desde el próximo 7 de julio y que muchos desconocen)
Al respecto, Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos señala lo siguiente: “Hacemos un llamado a las empresas fabricantes de productos plásticos y a los establecimientos de comercio que los distribuyen o utilizan, a revisar bien el listado de productos, las fechas de aplicación y, en particular, las excepciones y sus mecanismos de aplicación o sustentación, de manera que migren hacia alternativas sostenibles, tales como productos reutilizables, biodegradables o fabricados con materiales reciclados, así mismo, quedan excluidas las bolsas utilizadas para carne, pollo, lácteos y demás alimentos de origen animal o para empacar bienes de la canasta familiar, que incluye prendas de vestir, alimentos, bebidas y productos de aseo y limpieza”.
En línea con esto, es importante precisar que productos como bolsas, sacos o talegas plásticas reutilizables no están consideradas como productos de un solo uso y pueden seguir comercializándose. Así mismo, los productos plásticos biodegradables o aquellos que estén fabricados con materia prima plástica reciclada posconsumo pueden también continuar en el mercado.
De igual forma, los productos que, tras un análisis de ciclo de vida, demuestren que sus sustitutos tienen un impacto ambiental mayor, podrán también seguir siendo distribuidos y comercializados. Lo anterior teniendo en cuenta que el objetivo primario de esta normativa es ambiental, con lo cual no tendría sentido reemplazar un producto por otro que tenga un efecto ambiental mayor.
También es oportuno anotar que ningún tipo de empaque, embalaje o envase plástico está incluido dentro de los productos que quedan prohibidos a partir del próximo 7 de julio.
Aunque faltan menos de 15 días para que entre en vigor este decreto expedido por el Ministerio de Ambiente, Mitchell, indicó en Blu Radio que la industria está preparada y trabajando en alternativas sostenibles. Sin embargo, destacó que el Ministerio de Ambiente aún no ha proporcionado la reglamentación completa para la transición hacia estos nuevos estándares, la cual debió haber sido entregada hace más de un año.
“El Ministerio de Ambiente realmente no ha expedido todavía la reglamentación a pesar de que debió haber salido en enero del año pasado. Todavía estamos pendientes de que el Ministerio reglamente lo correspondiente para tener mayor claridad sobre cómo las empresas se pueden adaptar dentro de estas alternativas sostenibles para el plástico”, señaló Mitchell.
El presidente de Acoplásticos también resaltó que la prohibición no es necesariamente la mejor solución para la protección del planeta. No obstante, se comprometió a que la industria realizará todos los esfuerzos necesarios para asegurar una transición adecuada y efectiva. Es crucial que la comunidad se adapte perfectamente a estos cambios para lograr el impacto ambiental deseado.
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