Bajo lupa decisión con juez en delicado proceso judicial de supuesto espía ruso en Bogotá: hay alerta
Pulzo conoció cuestionamientos sobre la medida en un caso que salió a flote con detalles que vienen desde las protestas en el Gobierno de Iván Duque.
En medio de episodios polémicos en Colombia, una fuerte controversia sacude a la Rama Judicial luego de conocerse la intención de apartar a la titular del Juzgado 13 Penal del Circuito de Bogotá, Laura Juliana Duarte Quitián.
Dicho despacho capitalino lidera expedientes de alta repercusión nacional, incluyendo el proceso judicial contra Sergei Vagin, ciudadano capturado en 2022 por presuntas labores de espionaje en las protestas de 2021.
La determinación busca ubicar en ese puesto a la abogada Sinndy Mayerly Betancourt Caicedo, actual Juez Primero Promiscuo del Circuito de Montelíbano (Córdoba), quien ingresó formalmente a carrera judicial el 25 de junio de 2026.
La solicitud de traslado laboral invocó razones de salud mental originadas en trastornos diagnosticados de ansiedad y depresión tratados desde 2025, sumados a un presunto episodio intimidatorio ocurrido en territorio cordobés.
El reporte detalla que el 19 de agosto de 2026 una persona abordó a la servidora judicial y le advirtió textualmente: “Allá las cosas son diferentes y que no les gustan mucho los jueces de la ciudad, que no duran mucho”.
Ese hecho motivó dictámenes expedidos por profesionales de EPS Sanitas, Colsanitas y la Clínica Zayma en Montería, los cuales advirtieron que “la integridad de la paciente corre riesgo en su lugar de trabajo, por lo que no debe hacer presencia en este”.
No obstante, Pulzo conoció cuestionamientos sobre la decisión al señalar que dicho suceso intimidatorio no registra formalmente una denuncia penal radicada, tramitándose únicamente mediante reportes internos ante la Unidad Nacional de Protección y la Oficina de Seguridad judicial.
La Unidad de Carrera Judicial avaló la petición mediante el oficio CJO26-5260 del dos de octubre de 2026, amparándose en la Ley 2430 de 2024 y en el Acuerdo PCSJA25-12352 de 2025.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Bogotá resolvió otorgar en propiedad la vacante del despacho 13 por registrar mayor antigüedad de oferta frente a la opción del Juzgado 35 Penal capitalino.
Esa corporación judicial analizó las valoraciones médicas suscritas por especialistas como la psiquiatra María Liliana Pinedo Durango, la psicóloga Eliana María Murillo Brunal y el médico de salud ocupacional Carlos Padrón Pérez.
“Se restringe la presencia física en despachos de alto riesgo (sede Montelíbano) y se sugiere la asignación de trabajo en casa / teletrabajo o apoyo en despachos de otra sede, reduciendo desplazamientos intermunicipales”, advirtió el especialista laboral sobre la funcionaria.
Pese a registrar una calificación integral de 88 puntos y acreditar que sus padres ancianos debieron retornar a Bogotá por motivos de salud, el nombramiento despierta severos cuestionamientos ciudadanos e institucionales.
Entre las preocupaciones se advierte el riesgo procesal que representaría retirar intempestivamente a la funcionaria que instruye el complejo caso de inteligencia internacional en la capital para posicionar a una servidora sin trayectoria penal especializada.
La comunidad se pregunta por qué se pretende trasladar a un juzgado penal de Bogotá, que exige nivel de trabajo y especialización para evitar la caída de casos, a una jueza con perfil promiscuo.
Esta inquietud ciudadana cuestiona la idoneidad técnica para asumir causas penales complejas de orden internacional cuando la experiencia del cargo origen resuelve simultáneamente asuntos civiles, laborales, de familia y agrarios propios de los juzgados promiscuos municipales.
Asimismo, los círculos judiciales plantean otra duda latente en torno al procedimiento administrativo aplicado: sin desconocer el derecho que tienen los funcionarios judiciales a pedir traslado, por qué se permite que escojan determinado juzgado.
Veedores recalcan que admitir la selección de despachos específicos con procesos de altísima sensibilidad podría alterar el equilibrio de las investigaciones y generar precedentes perjudiciales frente a la transparencia de los concursos de méritos.
La Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá justificó la procedencia recordando que la ley contempla matrices de equivalencias normativas entre jueces promiscuos del circuito y jueces penales de igual categoría administrativa.
La entidad reiteró que, aunque el concepto de carrera no resulta automáticamente vinculante según la Sentencia SU-452 de 2024, las pruebas médicas acreditadas justificaban proteger la salud mental de la trabajadora judicial.
El desenlace de este polémico movimiento mantiene en máxima alerta a los apoderados judiciales ante las consecuencias que provocaría el relevo en el expediente de Sergei Vagin y otros procesos clave.
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