Economía
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La Corte Constitucional negó la tutela con la que el alcalde de Bogotá buscaba que Manuel Sarmiento se retractara por señalarlo de “promover y vender buses tipo Transmilenio por todo el mundo” en una sesión del cabildo distrital.
El 4 de octubre de 2017, Sarmiento recordó que Peñalosa trabajó para el Instituto de Políticas de Transporte y Desarrollo (ITDP por sus siglas en inglés), una organización dedicada a promover los sistemas BRT (Bus Rapid Transit o bus de tránsito rápido) en varios países, que es precisamente el modelo de Transmilenio.
La afirmación se hizo en medio del debate del proyecto para aprobar un cupo de endeudamiento de obras para la ciudad en la que el concejal indicó que durante su vinculación con esa empresa, Peñalosa “ganó alrededor de 430.000 dólares por promover y vender los sistemas tipo Transmilenio por todo el mundo”.
El mandatario consideró que esas palabras, que el concejal reiteró por Twitter, vulneraron sus derechos a la honra y al buen nombre y se defendió diciendo que ese instituto no se dedicaba a vender buses sino a recomendar “el diseño e implementación de sistemas de transporte de alta calidad, y dentro de las alternativas que pueden combinarse para mejorar la movilidad de las ciudades se encuentran los sistemas de buses de tránsito rápido como el sistema Transmilenio implementado en Bogotá”.
Sin embargo, la Corte consideró en la sentencia que “en el contexto político no se desconocen los derechos a la honra y buen nombre cuando se expresan informaciones y opiniones sobre asuntos de interés público que tengan vocación de veracidad”, y que dichas afirmaciones no fueron “insultantes, vejatorias o humillantes, o con intención de dañar”.
El alto tribunal agregó que “los hechos comunicados no sugieren que Peñalosa haya incurrido en una conducta punible, luego, no exigían una mayor carga de veracidad”. Sin embargo, se encontró un “fundamento mínimo fáctico real” al revisar los “documentos que demuestran que el Alcalde Mayor de Bogotá prestó sus servicios profesionales a una empresa dedicada a la promoción de sistemas de movilidad, entre los cuales se cuentan los que funcionan a partir de buses rápidos”.
La Sala Octava de Revisión de la Corte señaló además que “las declaraciones del Concejal estaban amparadas por el discurso político, dialéctica que goza de un especial nivel de protección por su importancia para la democracia, la participación y el pluralismo”.
Estas fueron las declaraciones del concejal Sarmiento:
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