MinInterior puso freno a contratos y nombramientos: ¿hasta cuándo será la medida?

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Escrito por:  Redacción Nación
Actualizado: 2026-08-09 13:49:02

Según el documento firmado por Rodrigo Lara, la medida no afectará los trámite necesario para que el entidad funcione en su normalidad.

El Ministerio del Interior emitió una directriz temporal sobre contratación, prórrogas contractuales y vinculación de personal, mediante la Circular Interna 4 de 2026, fechada el 7 de agosto en Bogotá. La medida establece una suspensión temporal de varias decisiones relacionadas con la contratación dentro de la entidad, con el objetivo de garantizar principios como la transparencia, planeación, responsabilidad y coordinación administrativa.

De acuerdo con el documento, desde el 7 de agosto y hasta el 20 de agosto de 2026 quedarán suspendidas las decisiones relacionadas con la celebración de nuevos contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión. La medida también cobija la suscripción de cualquier tipo de contrato que implique compromisos presupuestales del Ministerio del Interior, sin importar su modalidad o naturaleza.

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La directriz también establece restricciones para las actuaciones sobre contratos que ya están vigentes. Durante el periodo señalado no se podrán hacer prórrogas, adiciones, modificaciones o cualquier otra actuación que implique la extensión, continuidad o variación de contratos existentes, incluidos los de prestación de servicios, apoyo a la gestión y demás contratos estatales.

La suspensión también alcanza la vinculación de personal. Según la circular, la provisión de empleos, nombramientos, encargos, comisiones o cualquier otra forma de vinculación o designación de personal en el Ministerio del Interior deberá contar previamente con la aprobación expresa del jefe de la cartera. Por esta razón, ninguna dependencia podrá adelantar, perfeccionar o ejecutar este tipo de actuaciones sin la autorización correspondiente durante el periodo establecido.

Sin embargo, el Ministerio aclaró que la medida no afecta los trámites estrictamente necesarios para garantizar la continuidad del servicio público, el cumplimiento de obligaciones legales y órdenes judiciales, ni las situaciones de urgencia manifiesta. También contempla aquellas actuaciones cuya suspensión pueda comprometer el funcionamiento esencial de la entidad. Estos casos deberán ser informados y puestos a consideración del despacho del ministro.

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