Bogotá
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Las infracciones son un tema que, si se vuelven recurrentes, pueden dejarlo sin conducir por al menos 6 meses o incluso de manera definitiva.
La licencia de conducción en Colombia es un documento obligatorio para poder manejar un vehículo por las calles o las carreteras del territorio nacional. Esta se tramita luego de cumplir con los requisitos de pagos y de exámenes médicos, que establecen si una persona tiene la capacidad motriz, visual y auditiva para poder conducir.
(Ver también: Nuevos exámenes médicos para adquirir o renovar su licencia de conducción)
Sin embargo, hay que tener en cuenta que si se rompen las reglas se le aplicará en una sanción económica que supera los 500.000 pesos colombianos y, de no pagarla, puede haber hasta un embargo.
Además, la Secretaria de Movilidad establece que si tiene más de un comparendo en seis meses se suspenderá la licencia por un semestre y no se podrá, bajo ninguna medida, manejar.
Según el Código Nacional de Tránsito, en su artículo 124: “En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses”.
Una vez establecida la suspensión, la Secretaría de Movilidad notifica a los ciudadanos con unas citaciones que llegan a las direcciones registradas en el RUNT.
Cuando son notificados los ciudadanos, de acuerdo al Código de Procedimiento Administrativo, se generan las medidas sancionatorias y se hace el reporte al RUNT.
Una vez registrada la sanción en la página web del RUNT no puede ser modificada .
El Código Nacional de Tránsito establece que la persona que sea detenida manejando con la licencia de conducción suspendida se le podrá quitar este documento de manera permanente.
Además, y mucho más grave, la persona podría incluso ir a la cárcel en una condena que rondaría entre uno y cuatro años y deberá pagar una multa de entre 5 y 50 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
“Si una persona es requerida por un agente de tránsito, en el momento que se encuentra manejando un vehículo, y ha cometido dos o más infracciones en los 6 últimos meses, tiene la licencia suspendida e inmediatamente se procede a la captura en flagrancia por fraude a resolución judicial o administrativa y es dejado a disposición de la autoridad competente en este caso la Fiscalía General de la Nación”, declaró el exdirector de la Policía de Tránsito y Transporte, general Carlos Ernesto Rodríguez, en entrevista con Portafolio.
La persona que proceda con este procedimiento también puede incurrir en una falta grave, ya que se comete el delito de falsificación, el cual tiene una condena de 6 a 12 años de prisión.
(Ver también: Ponen a padecer a conductores colombianos con licencias; ¿la deben renovar cada 3 años?)
Una vez finalizado el periodo de suspensión, deben cumplirse las siguientes condiciones:
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