JEP niega salida a excongresista involucrado con paramilitares y múltiples homicidios

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El político seguirá compareciendo ante la justicia transicional pese a que, días atrás, presentó una solicitud en la que declinaba su sometimiento.

El exrepresentante a la Cámara, Luis Fernando Almario, seguirá compareciendo ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Así lo estableció la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas al no aceptar la solicitud parcial de desistimiento de sometimiento que presentó el político días atrás, a través de su equipo de defensa.

Almario está compareciendo ante la JEP por dos procesos. El primero es por concierto para delinquir por sus nexos con grupos paramilitares. El segundo, por su presunta participación en los homicidios de Diego Turbay Cote, Inés Cote de Turbay y Jaime Peña Cabrera, Edwin Amir Alarcón Angarita, Hamil Bejarano Martínez, Dagoberto Samboní Uni y Rafael Ocasiones Llanos.

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Si bien el político se sometió a la JEP por los homicidios de estas personas, durante su proceso en la justicia transicional no aceptó responsabilidad por el crimen por lo que la Sala de Reconocimiento envió su expediente a la Unidad de Investigación y Acusación para que inicie un proceso adversarial.

Sobre el proceso relacionado con el paramilitarismo en el que la Corte Suprema de Justicia lo condenó por los delitos de concierto para promover grupos al margen de la ley, específicamente al Bloque Central Bolívar, Frente Sur de los Andaquíes, se surte en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP.

Respecto del proceso por el cual fue condenado en única instancia, el político presentó recurso de doble conformidad ante la Corte Suprema. Es decir, solicitó que su sentencia fuese revisada nuevamente. Con ese recurso de por medio, Almario en mayo de este año presentó una solicitud parcial de desistimiento de su sometimiento a la JEP.

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El político consideró que su proceso por concierto para delinquir agravado no está priorizado por la Sala de Reconocimiento y está pendiente de fallo sobre la impugnación presentada ante la Corte Suprema. Sin embargo, la JEP consideró pertinente no darle la razón a Almario porque el sometimiento al tribunal es “integral, irrestricto e irreversible”.

La justicia transicional le recordó a Almario que el sometimiento implica que persiste su obligación en calidad de compareciente de aportar a la verdad plena, detallada y exhaustiva sobre la totalidad de los hechos por los que fue llamado ante los estrados judiciales, independientemente de si se declara o no inocente.

En medio de la decisión conocida este lunes, la Sala de Definición requirió, por última vez Almario su compromiso concreto, programado y claro sobre los hechos que, presuntamente, cometió. Además, solicitó información a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre la decisión que vincula el caso de paramilitarismo.

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