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Este martes se conoció el documento que establece los lineamientos que deben seguir los agentes del Esmad en las manifestaciones en Colombia.
Una de las propuestas más sonadas de Gustavo Petro fue eliminar el Esmad. Ya en el poder, afirmó que no lo acabaría del todo, sino que lo reformaría. Ante esa decisión, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, ha dado a conocer algunos cambios, especialmente en el armamento que utiliza.
Este martes 28 de septiembre se ilustró con detalles cómo será la participación de ese escuadrón en las manifestaciones. El Tiempo divulgó el instructivo que establece los lineamientos para el restablecimiento del orden, que incluyen al Esmad como principal actor.
(Lea también: Mindefensa de Petro quedó ‘mareado’ cuando le preguntaron por rol del Esmad)
El instructivo expone que como la manifestación pública es un derecho consagrado en la Constitución, el Esmad admite el derecho a la libertad de expresión, lo que implica que “las agresiones verbales deben ser toleradas por el personal uniformado”.
“Prima el derecho a la manifestación pública por encima del derecho al buen nombre que se afecta con las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecentes, escandalosas o excéntricas”, dice el documento que citó el rotativo.
Además, se indica que el acompañamiento a las protestas debe ser “discreta” para que la presencia de la Policía no sea aprovechada por los manifestantes “para incitar al odio”. La clave es que no marchen junto a los manifestantes. Deben tomar distancia.
El Ministerio de Defensa y la Policía Nacional concluyeron que una protesta se torna violenta cuando sus integrantes cometen delitos (incendio, lanzamiento de objetos peligrosos, porte de armas), contra la vida e integridad personal (lesiones personales, homicidio en tentativa), o contra el patrimonio público o privado (daño en bien ajeno).
Partiendo de esa base, a los policías se les ordenó que solo en caso de violencia se debe intervenir. Además, se les indica que en manifestaciones con presencia mayoritaria de jóvenes (15-24 años), la primera intervención “será de unidades de la Fuerza Disponible, salvo que el nivel de agresividad sea tan alta, que sea necesaria la actuación inmediata de unidades especializadas de la UNDMO, la cual aplicará los protocolos establecidos en la norma que la regula”.
En cuanto a bloqueos, si una protesta elimina la posibilidad de circulación por la ausencia de otras vías para la movilización vehicular, “se deberá restablecer el orden, incluso por la fuerza”.
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