Economía
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Según la ley, los padres tienen la obligación de cuidar y sostener a sus hijos solo hasta que estos alcancen la mayoría de edad, es decir, los 18 años.
En Colombia, muchos jóvenes adultos siguen viviendo con sus padres debido a las dificultades económicas y la falta de oportunidades laborales. Sin embargo, la ley contempla mecanismos legales para que los padres puedan solicitar el retiro de un hijo adulto del hogar, siempre que se cumplan ciertas condiciones en el hogar.
La independencia económica sigue siendo un reto para los jóvenes en Colombia. Según un informe de Panorama Social de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el 35 % de los jóvenes entre los 20 y 29 años aún viven con sus padres. Este fenómeno refleja no solo un contexto económico adverso, sino también una cultura familiar muy arraigada en el país.
Aun así, la legislación colombiana establece límites a esa convivencia prolongada. Aunque socialmente es común que los hijos permanezcan en el hogar familiar durante varios años, la ley permite a los padres solicitar legalmente su retiro, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
De acuerdo con el artículo 288 del Código Civil y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), los padres tienen la obligación de cuidar y sostener a sus hijos solo hasta que estos alcancen la mayoría de edad, es decir, los 18 años.
En algunos casos, esta obligación se extiende hasta los 25 años, pero únicamente si el hijo se encuentra estudiando de manera formal y depende económicamente de sus padres. Si estas condiciones no se cumplen, la obligación legal cesa y los padres pueden decidir que el hijo abandone el hogar.
Cuando un hijo mayor de edad se rehúsa a dejar la casa y no existe una obligación legal para seguir dándole alojamiento, los padres pueden acudir a un juez.
Según Abel Cupajita Rueda, director de Sescol Tax & Legal Abogados y Consultores, el mecanismo adecuado es la acción de restitución de inmueble por ocupación de hecho, contemplada en el artículo 384 del Código General del Proceso.
Esta acción judicial permite al propietario recuperar la posesión del inmueble cuando alguien lo ocupa sin autorización, sin necesidad de un contrato de arriendo u otra figura legal que respalde su permanencia.
Para que un juez autorice el retiro del hijo, los padres deben demostrar que la permanencia en el inmueble es indebida, es decir, que no existe una justificación legal para que el hijo continúe viviendo allí.
Además, si la presencia del hijo representa un peligro, causa conflictos familiares graves o afecta la convivencia en el hogar, los padres pueden presentar pruebas de esta situación para respaldar su solicitud.
Si el hijo se opone a salir voluntariamente, los padres pueden continuar el proceso judicial, ya sea por ocupación de hecho o por precario. En estos casos, el juez evaluará si existe una obligación legal que justifique la permanencia del hijo en la vivienda.
Cuando hay agresiones físicas, amenazas o comportamientos violentos por parte del hijo, los padres también pueden acudir a instancias penales. En estos casos, es posible solicitar medidas de protección, o incluso denunciar por violación de habitación ajena y perturbación a la posesión.
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