Sale a la luz contrato en Gobierno Petro para unidad móvil que RTVC denunció por sobrecostos y fallas
Las situaciones señaladas con infraestructura adquirida pusieron el expediente contractual bajo el escrutinio de los organismos de control estatal.
Así como salió a flote la empresa involucrada en la contratación de una unidad móvil de RTVC cuestionada por presuntos sobrecostos y fallas, Pulzo conoció el contrato en cuestión.
La contratación del equipamiento tecnológico para el Sistema de Medios Públicos (RTVC) durante la gestión del presidente Gustavo Petro desató un fuerte debate nacional por el señalamiento de la actual administración.
Las denuncias sobre supuestos sobrecostos e inoperatividad de la infraestructura adquirida pusieron el expediente contractual bajo el escrutinio de los organismos de control estatal. Estos son algunos de esos detalles en el documento.
El proceso se sustentó en el acuerdo RTVC-CPS-2899-2025 firmado entre el medio público y la firma Unión Temporal Móvil RTVC, identificada con NIT 902.014.693-7.
La suma total pactada alcanzó los $ 11.924’633.000, respaldados legalmente mediante el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 4694, tramitado en octubre de 2025.
El objeto contractual estableció “contratar el suministro integral de una unidad móvil broadcast especializada para la producción audiovisual, que comprenda su diseño, fabricación, ensamble, dotación, integración tecnológica y puesta en marcha”.
La finalidad institucional buscaba dotar a la Entidad de autonomía operativa para cubrir transmisiones de alta relevancia sin recurrir al alquiler con proveedores privados. La denuncia de RTVC ya está en la Fiscalía.
Dentro del marco temporal, la Cláusula Cuarta determinó que “el plazo de ejecución del contrato es por 4 meses y 15 días” a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento.
Pese al tiempo transcurrido, las alertas públicas apuntan a que el vehículo no ha podido entrar en operación efectiva para los eventos programados en el país.
El esquema de pagos contempló cinco desembolsos condicionados al avance del proyecto, comenzando con un “30% del valor del contrato a título de anticipo”, manejado en un patrimonio autónomo fiduciario.
Los pagos posteriores quedaron sujetos a entregas técnicas: un 20% contra diagramas, 30% tras la entrega del vehículo, 10% por puesta en marcha y un 10% final contra acta de satisfacción.
En el apartado de obligaciones específicas, el contratista debía asumir la “adecuación estructural de la unidad móvil”, garantizando estándares internacionales de calidad y aislamiento acústico. La situación actual con la unidad móvil de RTVC está en la mira.
Asimismo, asumió el compromiso irrenunciable de entregar el vehículo con documentación al día, incluyendo “carta de propiedad, póliza de seguro obligatorio (SOAT)”, garantizando su libre movilidad.
Las fallas denunciadas se centran en la presunta entrega de la unidad móvil sin la integración adecuada de los sistemas energéticos indispensables para garantizar su autonomía en terreno.
Esta omisión choca con la obligación de “suministrar e instalar todo el mobiliario, accesorios y equipos necesarios para la operación”, incluidos los sistemas de energía y conectividad.
El contrato exigió expresamente al operador “realizar la activación funcional de la unidad móvil en sitio designado” y efectuar “pruebas integrales de operación en condiciones reales, certificando el funcionamiento completo”.
La inoperatividad actual evidencia la posible omisión o falla en la ejecución de estas pruebas técnicas que garantizan la interoperabilidad de los equipos audiovisuales y de transmisión.
El documento obligó además a la firma privada a brindar “formación técnica al personal designado sobre operación, mantenimiento preventivo y protocolos de seguridad”, paso previo al uso oficial.
Frente al respaldo operativo, el texto dispone que el contratista debe “garantizar los equipos y sistemas suministrados por un mínimo de doce (12) meses, contados a partir del acta de recibido”.
Adicionalmente, el operador tiene la responsabilidad de brindar soporte técnico presencial o remoto y efectuar el mantenimiento correctivo ante cualquier inconsistencia detectada en los sistemas. Una exfuncionaria de RTVC defendió el proceso.
Para salvaguardar los recursos estatales, el documento incluyó una sanción por penal pecuniaria equivalente al “diez por ciento (10%) del valor del contrato en caso de incumplimiento total o parcial”.
Igualmente, fijó multas diarias del “uno por ciento (1%) del valor del contrato para cada día de atraso”, sin superar el diez por ciento del total contractual.
La supervisión directa de estas tareas recayó sobre la Coordinación de Gestión Emisión de Televisión, apoyada por las direcciones del Canal Institucional y Señal Colombia.
Por su parte, la Cláusula Décima faculta a la entidad pública a rescindir el contrato de forma anticipada ante una “ejecución inadecuada o insuficiente frente a las necesidades y exigencias del área”.
Los organismos evaluadores verifican el cumplimiento riguroso de cada entregable para certificar si la inmovilización del vehículo de RTVC constituye un detrimento patrimonial o un incumplimiento severo del clausulado firmado.
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