Desde el lunes entra en vigencia nuevas restricciones a motociclistas en Cartagena
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Visitar sitioEl gremio de mototaxistas exige flexibilidad al indicar que estas nuevas reglas van en contra del derecho al trabajo y la libre movilidad.
La Alcaldía de Cartagena expidió el 25 de febrero el Decreto 0279 en el que se describen nuevas restricciones para el gremio de motociclistas de la ciudad, medidas que entrarán en vigencia desde el lunes 28 de febrero de 2022 y hasta el 24 de febrero de 2023.
La normativa afectará a aquellos conductores que tengan motos de cualquier tipo de cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor.
(Vea también: Motociclista atropelló a niña embera en el Parque Nacional, en Bogotá)
¿Cuáles son las restricciones del Decreto 0279?
- Se restringe la circulación con parrillero y/o acompañante en la avenida Pedro de Heredia, entre Bomba del Amparo y monumento a la India Catalina.
- La restricción aplica de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, entre las 05:00 a. m. y las 11:00 p. m.
- Se prohíbe la circulación de motos entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. del día siguiente.
- Se restringe la circulación de motocicletas el segundo y último viernes de cada mes.
- Restricción a la circulación en el Centro Histórico.
De acuerdo a lo anterior, se exceptúan las personas en motocicletas que sean conducidas por su propietario, quien deberá acreditarlo exhibiendo la licencia de tránsito, y que circulen sin acompañante. (Solo los dos viernes)
Excepciones de la norma
- Las motocicletas de organismos de Seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional, Unidad Nacional de Protección y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Judicial.
- Motocicletas de autoridades de Tránsito.
- Las motocicletas de organismos de socorro.
- Motocicletas de escoltas, supervisores, vigilantes y coordinadores adscritos a las empresas de vigilancia debidamente uniformados.
- Motocicletas destinadas a la enseñanza, que se encuentren registrados ante el Registro Único Nacional de Transito – RUNT como tales, que cumplan con las características establecidas en la Resolución 3245 del 21 de julio de 2009 expedida por el Ministerio de Transporte.
- Las dedicadas al servicio de empresas de atención de emergencias y reparación y mantenimiento de redes o instalación de servicios públicos domiciliarios.
De acuerdo a lo anterior, el gremio de mototaxistas exige flexibilidad ya que estas nuevas reglas van en contra del derecho al trabajo y la libre movilidad. Los motociclistas han dado a conocer su postura en las mesas de diálogo que establecieron con la administración de la Alcaldía de Cartagena teniendo como máxima autoridad a William Dau.
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