Explican cambios que vienen para trabajadores en Colombia tras modificación de 8 decretos que dejó Petro

Nación
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Escrito por:  Fabián Ramírez
Actualizado: 2026-10-18 08:29:15

El Mintrabajo publicó ocho borradores para ajustar la normativa a la ley vigente, generando rechazo y advertencias en el bloque sindical.

El Ministerio del Trabajo sacó a la luz pública ocho proyectos de decreto orientados a modificar o derogar normas expedidas durante la administración de Gustavo Petro. Las iniciativas regulatorias abarcan frentes sensibles como la contratación mediante terceros, los pactos colectivos, las cotizaciones a la seguridad social para repartidores de plataformas digitales y los protocolos de protección frente al acoso laboral. Los textos permanecerán abiertos para recibir observaciones de la ciudadanía, gremios y sindicatos hasta el próximo 9 de noviembre.

La cartera laboral, dirigida por Natalia López, argumentó que las modificaciones no buscan suprimir derechos consolidados de los trabajadores, puesto que estos encuentran su blindaje en la Constitución, el marco legal y la reciente reforma laboral de 2025 (Ley 2466). Según la postura oficial, el propósito fundamental consiste en sanear la reglamentación para ajustarla estricta y únicamente a las competencias constitucionales del Gobierno, evitando la imposición de obligaciones o sanciones carentes de respaldo legal. “Ordenar la regulación laboral no es retroceder, es darles a los derechos de los trabajadores una base que nadie pueda tumbar”, expresó la entidad a través de un comunicado oficial.

Entre los cambios más destacados figura el Decreto 581 de junio de 2026 sobre tercerización ilegal, el cual será derogado bajo el argumento de haber fijado multas extralegales y duplicado disposiciones previamente anuladas por el Consejo de Estado. No obstante, el Ministerio aclaró que la prohibición de la tercerización fraudulenta sigue plenamente vigente por mandato de la legislación laboral. De igual forma, se proyecta tumbar el Decreto 992 sobre pactos colectivos para retornar al procedimiento contemplado en el Código Sustantivo del Trabajo, manteniendo la restricción de celebrar dichos acuerdos cuando un sindicato agrupe a más de la tercera parte de la planta de personal.

En el flanco de la economía digital, el Decreto 991 sobre repartidores de plataformas sufrirá modificaciones para fijar las cotizaciones a seguridad social sobre el 40 por ciento de los ingresos reales del trabajador, en estricto cumplimiento de la ley, disipando la exigencia de usar el salario mínimo como base fija cuando dicho porcentaje resulte inferior. Adicionalmente, el borrador estipula que tales obligaciones operarán solo doce meses después de que el Ministerio de Salud certifique la viabilidad de los ajustes tecnológicos requeridos, una respuesta parcial a las demandas de gremios como Alianza In, que agrupa a plataformas como Rappi y DiDi.

La medida ha desatado una intensa fricción institucional con las centrales obreras. Previamente, el Comando Nacional Unitario exigió frenar la modificación de estas normativas concertadas, advirtiendo un presunto retroceso en la protección social. Con un historial de mesas técnicas desarrolladas en octubre dentro de la Comisión Permanente de Concertación, el pulso regulatorio se trasladará ahora al análisis definitivo de los comentarios que se reciban en las próximas semanas para definir el texto definitivo de las disposiciones. 

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