Adiós al celular en descansos y clases: Bogotá impone nuevas restricciones en colegios

Bogotá
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La Secretaría de Educación estableció restricciones para proteger los espacios de clase, descanso e interacción entre estudiantes. Así funcionará la medida.

Estudiantes de colegios oficiales y privados de Bogotá tendrán nuevas reglas para el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos con pantalla durante la jornada escolar. La Secretaría de Educación (SED), mediante la Resolución 1037 de 2026, estableció restricciones para “promover entornos seguros de aprendizaje en los establecimientos educativos oficiales y privados de Bogotá”. La medida hace parte de la política educativa “(Re)conectarnos para aprender”, que busca “contribuir a las condiciones adecuadas para los procesos de enseñanza, aprendizaje, desarrollo y bienestar de las niñas, niños y adolescentes”, se lee en la resolución.

Uno de los principales cambios está relacionado con el uso de teléfonos móviles durante la jornada escolar. La resolución establece que su utilización estará limitada durante este periodo, incluyendo los espacios destinados a las clases y los descansos, “con el fin de promover entornos seguros de aprendizaje y en aras de una alfabetización digital crítica”. La resolución aplica a instituciones que presten el servicio público de educación en los niveles de educación inicial, básica y media, tanto del sector oficial como del privado.

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La disposición cobija a los integrantes de la comunidad educativa, aunque contempla el uso institucional que requieran docentes y personal administrativo para el desarrollo de sus funciones. Así las cosas, cada colegio tendrá que definir cómo hará efectiva la medida de acuerdo con sus características. Las instituciones podrán establecer mecanismos relacionados con el uso o incluso el porte de estos dispositivos dentro de sus instalaciones, “incluyendo la construcción de acuerdos y el desarrollo de medidas de carácter pedagógico sobre las consecuencias del uso ilimitado de teléfonos móviles”.

¿Desde qué grado se podrá utilizar el celular para actividades académicas?

Será a partir de octavo grado que los estudiantes podrán utilizar estos dispositivos cuando hagan parte de una actividad o proyecto académico y su utilización tenga una relación directa con el objetivo de aprendizaje. “El uso se desarrollará bajo la orientación, guía y supervisión del docente responsable y se limitará a las aplicaciones, plataformas, contenidos o funcionalidades previamente definidos con la planeación pedagógica y vinculados a un objetivo de aprendizaje”. La norma aclara que ningún estudiante estará obligado a tener o portar un teléfono celular para participar en este tipo de actividades.

También tendrán que estar previamente definidas las aplicaciones, plataformas, contenidos o funciones que serán utilizadas durante la actividad, y el docente deberá “promover en las y los estudiantes el uso crítico, responsable y reflexivo de las tecnologías digitales, como parte del fortalecimiento de su alfabetización digital crítica”. Por ejemplo, se contempla una excepción para proyectos audiovisuales en grados diferentes a octavo, siempre que estén vinculados a “apuesta educomunicativa del establecimiento y bajo la orientación, guía y supervisión del docente a cargo de la actividad pedagógica”.

¿En qué casos sí se puede utilizar el celular en el colegio?

La resolución contempla situaciones específicas en las que los estudiantes podrán utilizar sus teléfonos, previa validación del Consejo Académico o de la instancia correspondiente de cada institución.

Estudiantes que requieran ajustes o apoyos para garantizar su permanencia, participación y aprendizaje: la primera medida que cobija la resolución establece que cuando el “teléfono móvil constituye una herramienta de apoyo para la comunicación”, este podrá usarse siempre que esté articulado con la valoración pedagógica. En estos casos, el celular podrá funcionar como una herramienta de apoyo para la comunicación o como un ajuste razonable.
Por razones de salud: la otra medida aplica cuando el celular sea necesario para “el monitoreo, cuidado o atención de una condición de salud del estudiante”. Para ello deberá existir información proporcionada por la familia o el representante legal al establecimiento educativo. Por tanto, estará permitido también cuando ocurra una situación de emergencia que “ponga en riesgo la vida, la salud, la seguridad o la integridad de un miembro de la comunidad educativa y requiera comunicación inmediata”.

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¿Cuánto tiempo podrán estar frente a pantallas los estudiantes?

La resolución también fija orientaciones sobre el tiempo de exposición pedagógica a otros dispositivos con pantalla, como computadores, tabletas y televisores.

La aplicación de estas reglas no será considerada un proceso cerrado. La Secretaría de Educación estableció que, después del primer año de implementación, realizará una evaluación para conocer sus resultados. El análisis tendrá en cuenta aspectos relacionados con los procesos de aprendizaje, las prácticas pedagógicas y el bienestar de los estudiantes, entre otros factores.

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