Temor en El Dorado por pelea entre conductores de taxi y plataformas; se dieron durísimo
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El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.
Visitar sitioTestigos grabaron el momento exacto de la agresión entre los trabajadores mientras estaba esperando clientes en una las bahías de parqueo.
En las últimas horas, se conoció un video en redes sociales en el que se ve a presuntos conductores agredirse físicamente, a las afueras del Aeropuerto El Dorado, frente a cientos de personas.
La grabación, tomada por un testigo, muestra como al parecer tres taxistas de chaqueta negra y dos conductores de aplicación con chaleco naranja, se van a los puños, por presuntamente, obstruir el trabajo de transportar viajeros en servicio público.
(Vea también: La frenada en seco que les pegarían a los que van a sacar o renovar licencia de tránsito)
“Mire los gansos acá, vea. Se adueñaron de esta vaina. Son los famosos gansos y la policía no hace nada”, denuncia el hombre que documenta con su celular. Sobre este hecho, hasta el momento, el aeropuerto El Dorado no se ha pronunciado.
Bogotá: conductores de aplicaciones y taxistas, una pelea de nunca acabar
Desde la llegada de Uber a Colombia en el 2013, se inició un debate acerca de la legalidad de estas nuevas tecnologías. Y es que tan solo durante este año, el gremio de taxistas han salido al menos tres veces a las calles, para expresar su inconformismo en lo que ellos denominan “la competencia desleal”.
Explican que mientras ellos tienen que pagar un seguro de responsabilidad civil, el cupo del taxi y una tarjeta de operación, los vehículos particulares y motos que trabajan con aplicaciones, no tienen estas mismas obligaciones para operar.
Si bien, hoy todas las aplicaciones de transporte son legales. El tema que no ha sido resuelto y que la ley sigue prohibiendo es que se preste el servicio en carros particulares. Es decir, la regulación continúa a medias. Y es allí donde la Superintendencia de Transporte tiene la tarea fundamental de presentar una iniciativa que tenga en cuenta a ambos sectores, para que el legislativo tome una decisión que pueda resolver una problemática que lleva más de una década.
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Por ahora, el Código Nacional de Tránsito contempla la imposición de comparendos a conductores de vehículos particulares que presten servicios de transporte.
La infracción D12 estipula que el infractor que “conduzca un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito”, será sancionado con multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos y, además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días. Si es por segunda vez, ya serán veinte días y por tercera vez cuarenta días.
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