Aprobado proyecto que niega herencia a quienes maltraten o abandonen a sus padres

Nación
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La iniciativa, que pasó su último debate en la noche de este miércoles en la plenaria del Senado y a la que solo le falta la conciliación y la sanción presidencial, busca proteger a las personas más vulnerables de la familia.

El proyecto también castiga con indignidad sucesoral a las personas que maltraten o abandonen a sus cónyuges.

“Esta es la ley que deshereda a los malos hijos y esposos. Con este fin se crean en el Código Civil dos nuevas causales de indignidad sucesoral, que hoy son un flagelo en la sociedad colombiana: una para quienes maltraten a sus esposas o padres y la segunda para quienes los abandonen en estado de indefensión”, explicó el autor de la norma, Rodrigo Lara, citado por Capital Radio.

“La indignidad sucesoral consiste en una pena en la que el heredero pierde la herencia por la comisión de determinadas conductas indebidas hacia el causante”, agregó el parlamentario en esa emisora.

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La nueva ley, que reforma el Artículo 1025 del Código Civil, “actualiza una norma que es una excepción a la repartición en partes iguales de una herencia entre legitimarios en las leyes sucesorales en Colombia”, continuó Lara en la frecuencia, y recordó que las cifras más recientes del Instituto Nacional de Medicina Legal muestran que los casos de violencia contra el adulto mayor han aumentado progresivamente durante la última década en Colombia.

“No es justo ni conveniente que las personas que han maltratado y abandonado a aquellas personas de su familia en situación de vulnerabilidad y en mayor estado de necesidad vengan más tarde a exigir derechos sobre la propiedad de aquellos a quienes desatendieron”, insistió.

El texto del proyecto define por abandono la falta absoluta o temporal a las personas que requieran de cuidado personal en su crianza, o que, conforme a la ley, demandan la obligación de proporcionar a su favor habitación, sustento o asistencia médica, añade Capital Radio.

Y también define como causa de indignidad quien “haya cometido el crimen de homicidio en la persona del difunto o ha intervenido en este crimen por obra o consejo, o la dejó perecer pudiendo salvarla”.

Solo el año pasado “hubo 70.000 casos de maltrato intrafamiliar y 20 de abandono”, según el senador Roy Barreas, ponente del proyecto, citado por El Tiempo.

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