¿Qué cambia para los colombianos tras fallo que cuestionó restricción de visas de inmigrante en EE. UU.?

Estados Unidos
Tiempo de lectura: 7 min
Escrito por:  Redacción Estados Unidos
Actualizado: 2026-08-24 12:17:29

La decisión judicial podría abrir la puerta a una nueva revisión de solicitudes de residencia que fueron negadas, aplazadas o congeladas por la medida.

Una reciente decisión judicial en Estados Unidos generó expectativas entre ciudadanos de 75 países, entre ellos Colombia, cuyos procesos para obtener visas de inmigrante habían quedado afectados por una medida que consideraba que determinados solicitantes podían convertirse en una carga pública para ese país.

El fallo cuestionó la aplicación general de esa restricción cuando el único argumento utilizado para tomar la decisión estaba relacionado con la nacionalidad del solicitante.

(Lea también: Trump quiere acabar con ciudadanía para hijos de extranjeros nacidos en EE.UU.: firmó polémica decisión)

La determinación podría tener consecuencias para colombianos que tenían solicitudes de visa de inmigrante negadas, aplazadas o congeladas debido a esa medida, aunque no significa que todas las personas con trámites migratorios en Estados Unidos vayan a recibir automáticamente una residencia.

En entrevista con La FM, el abogado de inmigración en Texas Haim Vásquez explicó el alcance de la decisión y aclaró cuáles son los procesos que podrían ser revisados.

¿Quiénes podrían beneficiarse?

Según explicó Vásquez, la medida estaba dirigida específicamente a personas que adelantaban procesos relacionados con visas de inmigrante, es decir, aquellas vinculadas con la posibilidad de obtener la residencia permanente en Estados Unidos.

“Claro que sí, esto aplicaba a personas que estaban solicitando la visa de inmigrante, la cual es la residencia”, señaló el abogado durante la entrevista.

Por esa razón, los colombianos que tenían un proceso de este tipo y que recibieron una negativa o vieron su trámite aplazado o congelado debido a la restricción podrían solicitar que su situación sea nuevamente evaluada.

Sin embargo, el fallo no representa una aprobación automática de las solicitudes. Cada caso deberá ser analizado nuevamente y el solicitante tendrá que demostrar que cumple con los demás requisitos establecidos por las autoridades migratorias estadounidenses.

¿Qué ocurre con quienes ya tenían una visa negada o un proceso congelado?

Esta es una de las principales dudas que surgieron después de conocerse la decisión judicial. De acuerdo con Vásquez, quienes hayan sido afectados directamente deberían revisar el estado de su trámite y determinar si la medida fue la razón por la que su solicitud fue rechazada o quedó suspendida.

“Ahora, con personas que en ese momento les negaron o les aplazaron o les congelaron su proceso, ellos ahora lo que tienen que hacer es hablar con su abogado, contactar al consulado”, explicó.

El objetivo sería solicitar una nueva determinación del caso, teniendo en cuenta que la restricción cuestionada por la jueza ya no podría utilizarse de manera general para negar una solicitud de residencia únicamente por la nacionalidad del interesado.

¿Qué pasa con los cinco colombianos que demandaron?

Durante la entrevista también se abordó el caso de cinco ciudadanos colombianos con solicitudes relacionadas con visas de empleo que presentaron una demanda contra la medida.

Según Vásquez, los posibles efectos de la decisión no necesariamente se limitarían a esas cinco personas.

“Claro, para ellos 5 y para el resto de personas que no solamente hubo la negación, sino que posiblemente sus casos se quedaron congelados, el gobierno tiene que reactivar para los que no les han dado una decisión y redeterminar”, explicó.

Por ello, quienes consideren que se encuentran en una situación similar deberán verificar si su proceso fue afectado específicamente por la restricción y buscar orientación profesional para determinar el procedimiento correspondiente.

Uno de los puntos que el abogado quiso dejar claro es que la decisión no modifica automáticamente los trámites de visas de no inmigrante, entre ellas las solicitudes de turismo o determinadas visas de empleo que no corresponden a procesos de residencia permanente.

“Claramente esto no aplica, por ejemplo, para el caso de Colombia con lo que llamamos las visas de no inmigrante, visas de turismo, o visas de empleo”, explicó Vásquez.

Por lo tanto, los colombianos que estén solicitando una visa de turismo no deben interpretar el fallo como una modificación automática de sus procesos.

¿Y los colombianos que solicitan asilo en Estados Unidos?

Otro punto importante está relacionado con las personas que ya se encuentran dentro de Estados Unidos. Según el abogado, la medida cuestionada estaba relacionada con procedimientos consulares para personas que se encontraban fuera del territorio estadounidense. Por ello, no afectaba directamente a quienes ya estaban en el país adelantando procesos de asilo o solicitudes de cambio de estatus.

“No tenía ningún efecto para las personas que ya se encontraban en Estados Unidos y que estaban haciendo, ya sea, por ejemplo, colombianos, un cambio de estatus a la residencia, o personas aplicando al asilo”, afirmó.

Esto significa que el fallo tampoco debe interpretarse como un cambio general para todos los procesos migratorios que actualmente adelantan los colombianos dentro de Estados Unidos.

Tampoco significa la liberación de colombianos detenidos por ICE

La decisión judicial tampoco implica que los colombianos que permanecen detenidos en centros de ICE deban ser puestos automáticamente en libertad.

Vásquez explicó que las personas detenidas dentro de Estados Unidos están sujetas a otro conjunto de normas y que cada situación debe ser estudiada de manera independiente.

En estos casos, se debe establecer cuál es el proceso migratorio de la persona, qué beneficio está solicitando y si reúne las condiciones para acceder a una posible fianza u otro mecanismo legal.

“Ya tendríamos que evaluar si la persona es elegible para una fianza, qué tipo de beneficio migratorio está pidiendo o amparo y poder de esa forma determinar su futuro”, indicó el abogado.

Aunque el fallo representa una posibilidad de revisión para quienes resultaron directamente afectados por la medida, el panorama jurídico todavía no está completamente definido.

Vásquez recordó que la decisión puede ser apelada y que el caso podría llegar a instancias superiores.

“Es una decisión que todavía se puede apelar, puede llegar a un circuito de apelaciones, y posiblemente a la Corte Suprema”, señaló.

Por ello, las condiciones podrían cambiar dependiendo de las determinaciones que adopten los tribunales en las siguientes etapas del proceso.

¿Qué deben hacer los colombianos afectados?

Para quienes consideran que su proceso fue afectado por la restricción, el primer paso es verificar exactamente qué tipo de visa estaban solicitando y establecer si la negativa, suspensión o aplazamiento estuvo relacionado con esa medida.

(Vea también: Pese a no pedir visa, Israel exigirá a colombianos permiso ETA-IL para ingresar al país: ¿qué es?)

Una vez confirmado, el abogado recomendó ponerse en contacto con el profesional que llevaba el caso y con el consulado correspondiente para conocer el mecanismo disponible para solicitar una nueva revisión o reactivación del trámite.

El fallo, en todo caso, no elimina los requisitos para obtener una residencia en Estados Unidos. Cada solicitud deberá ser evaluada individualmente y las autoridades migratorias tendrán que determinar si el interesado cumple con las demás condiciones exigidas.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Sigue leyendo