Duro golpe para RCN Televisión en Colombia: no cumplió con obligación y deberá pagar sanción
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La medida se adopta en medio de la vigilancia que hace la Comisión de Regulación de Comunicaciones que le impuso una millonaria multa económica.
La actuación liderada por la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC se originó tras identificar que RCN Televisión SA no había emitido obras cinematográficas nacionales durante los años 2022 y 2023, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 16.4.8.3 de la Resolución CRC 5050 de 2016 (vigente para la época de los hechos), que exige emitir al menos un 10 % de producción local respecto del total de producciones extranjeras transmitidas.
(Vea también: ‘Flaco’ Solórzano, molestó con RCN por la manera de tratar a exparticipantes de ‘LCDLF’)
Con base en los informes trimestrales entregados por el propio operador, que reflejaban un cumplimiento del 0 %, la CRC abrió una investigación administrativa sancionatoria en octubre de 2024. Dentro del proceso, y una vez ejercido su derecho de defensa, RCN no presentó pruebas que permitieran eximir su responsabilidad. La Comisión concluyó que se trató de una conducta reiterada y sin justificación, que constituyó una infracción al régimen regulatorio.
Cuánto fue la sanción para RCN por incumplir con requisito obligatorio
La multa impuesta asciende a 6.312 Unidades de Valor Tributario (UVT) del año 2025, lo que equivale a 314.331.288 millones de pesos, decisión frente a la cual el operador RCN podrá interponer el recurso de reposición de acuerdo con lo establecido en la Ley 1437 de 2011. La entidad hizo un llamado al cumplimiento de la regulación y la promoción del cine nacional.
El marco normativo vigente establece que los operadores de televisión abierta con cobertura nacional deben incluir en su programación una proporción mínima de obras cinematográficas nacionales, como medida para garantizar la diversidad en los contenidos ofrecidos al público y fomentar la circulación de producciones que reflejen la cultura, los valores y las realidades del país.
La omisión de esta obligación no solo constituye una vulneración formal a la norma, sino que afecta directamente el derecho de las audiencias a acceder a una oferta audiovisual plural, incluyente y representativa de la identidad nacional. En este caso, el bien jurídico afectado es el pluralismo informativo, principio fundamental del sistema democrático y del servicio público de televisión.
“La Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC, reafirma con esta decisión su compromiso institucional de hacer cumplir las reglas que protegen los derechos de las audiencias y promueven una televisión más diversa, equilibrada y de calidad”. La televisión abierta cumple un papel esencial en la construcción de identidad cultural y en la difusión de contenidos que reflejan la diversidad de nuestro país. Esta no es simplemente una sanción, sino un llamado de atención a los operadores para que asuman con responsabilidad su deber de cumplir con una regulación diseñada para proteger a los televidentes y asegurar el acceso a una programación representativa de la sociedad colombiana” , manifestaron los Comisionados de la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC.
Por el momento, RCN Televisión no se ha pronunciado sobre este tema y se desconoce si interpondrá el recurso de apelación. Mientras tanto, en su programación habitual se sabe que emiten películas sobre todo internacionales los domingos, los días festivos y en temporadas vacacionales.
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