Si Iván Cepeda gana, en qué caso asumiría Aida Quilcué como presidenta de Colombia

Elecciones Colombia 2026
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Escrito por:  Redacción Elecciones Colombia 2026
Actualizado: 2026-06-18 16:24:18

Es una de las preguntas que se formulan los votantes en el país, previo a la segunda vuelta presencial de este domingo.

Mientras ambas campañas están prácticamente jugadas en lo que tiene que ver con apuestas políticas, estrategias y hasta alianzas de última hora, los votantes todavía están inquietos en relación con temas como cuál será el rumbo del próximo gobierno y hasta el rol que tendrán sus fórmulas vicepresidenciales.

Una de las figuras que más ha llamado la atención es la de la senadora Aída Quilcué, la fórmula vicepresidencial de Iván Cepeda. Más allá de las críticas que ha recibido por no tener una preparación académica y también por sus declaraciones recientes en torno a si es conveniente estudiar y prepararse en Colombia, muchos colombianos se preguntan si, en caso de ganar las elecciones, ella podría asumir funciones de presidenta en los próximos cuatro años.

En ese sentido, vale la pena mencionar que, de acuerdo con el artículo 202 de la Constitución Política de Colombia, en caso de ausencia absoluta del presidente, el vicepresidente es la persona responsable de asumir el cargo.

Así las cosas, si Iván Cepeda ganara las elecciones y falleciera en los próximos 4 años, Aída Quilcué, su fórmula vicepresidencial, es quien asumiría el cargo de presidenta hasta el final del periodo.

(Vea también: “Aprendieron fue a robar”: Aída Quilcué, dura con egresados de “mejores universidades” en Colombia)

Elecciones 2026: en qué casos el vicepresidente asume como presidente

La legislación colombiana estipula que el vicepresidente reemplazará al presidente en dos grandes categorías de situaciones: faltas temporales y faltas absolutas.

  1. Reemplazo por Faltas Temporales (Encargo del poder)

En estos casos, el presidente se separa de sus funciones por un tiempo determinado, pero no pierde su condición de mandatario. Aquí, el vicepresidente asume la jefatura de Estado en calidad de encargado mediante un decreto de delegación de funciones. Los motivos legales son:

  1. Reemplazo por Faltas Absolutas (Asunción total del cargo)

Este es el escenario más crítico. Cuando ocurre una falta absoluta, el presidente deja el cargo de manera definitiva. En este orden de ideas, el vicepresidente no queda “encargado”, sino que asume la Presidencia de la República con todas las funciones de ley para completar el periodo institucional de cuatro años para el cual fueron elegidos.

Según el artículo 204 de la Constitución, las faltas absolutas son:

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