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Quedan apenas unos días para que millones de colombianos acudan a las urnas y elijan a los gobernantes que guiarán a las regiones los próximos cuatro años.
El 29 de octubre serán las elecciones regionales y, por lo tanto, ese fin de semana el país estará concentrado completamente en los resultados y en quiénes tomarán las riendas en los territorios.
(Vea también: Elecciones 2023 y ley seca amargarían más de un fin de semana en Bogotá para miles)
Por esa razón, el Ministerio del Interior preparó el Decreto 1702 del 19 de octubre de 2023 con el que el Gobierno Nacional establece las restricciones para la jornada electoral y da lineamientos a las autoridades regionales para garantizar la seguridad y el orden público durante los comicios.
Dicho documento también determina que los alcaldes, según las recomendaciones de seguridad, podrán decretar toque de queda a su discreción para prevenir posibles alteraciones del orden público.
Y también se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, entre las 6:00 p.m. del 28 de octubre y las 4:00 p.m. del 29 de octubre.
Se refiere a una prohibición temporal de la venta y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y privados, implementada principalmente en eventos electorales, días festivos, o situaciones de emergencia. Esta medida tiene como objetivo mantener el orden y la seguridad durante ciertos eventos o momentos críticos.
La medida arranca a las 6:00 p. m. del sábado 28 de octubre hasta las 6:00 a. m. del lunes 30 de octubre.
El documento, de 12 páginas y 33 artículos, ordena varias medidas, entre ellas la de la Ley seca, que el Gobierno Nacional ordenó implementar así:
“Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis de la tarde del día sábado 28 de octubre hasta las seis de la mañana del día lunes 30 de octubre de 2023”.
Es decir que quienes tenían planeado salir a celebrar Halloween el fin de semana anterior al 31 de octubre, deberán hacerlo el viernes 27 de octubre o el fin de semana anterior, o posterior, a las votaciones.
Estas elecciones serán las últimas que tendrán ese horario para la Ley seca, pues en junio pasado el Congreso aprobó la reforma al Código Electoral, para que esa restricción se limite, en adelante, únicamente al horario de 6:00 a. m. a 6:00 p. m. del día de las elecciones.
(Vea también: Fecha de segunda vuelta para la Alcaldía de Bogotá; Galán, Bolívar u Oviedo la pelearían)
En su momento, Camilo Ospina, presidente de Asobares, celebró la disposición del Gobierno, la Registraduría y el Congreso para acoger la petición que, y dijo, beneficiará a 365.000 negocios y 3 millones de trabajadores del sector. Además, agregó en Pulzo:
“Esperamos sean ya las últimas elecciones de este tipo con este tipo de prohibición que genera una altísima afectación en múltiples sectores”.
Entre otras restricciones también está el porte de armas en el mismo lapso que la Ley seca, así como la prohibición a poner propaganda electoral el día de las elecciones.
Los votantes, por su parte, podrán llevar un elemento de ayuda que les permita identificar la imagen del partido o del candidato que va a elegir, pero esta no puede medir más de 10 centímetros y no la pueden portar en un lugar visible.
Dichos horarios establecidos en el borrador del decreto, que estuvo en la página del Mininterior hasta el 30 de septiembre para recibir comentarios y no se ha oficializado; sin embargo, no se esperan muchos cambios porque son las habituales.
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