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Se trata de los trabajadores vinculados mediante contratos de prácticas o aprendizaje. Ellos, al tener un vínculo académico, no gozarán de esta prima.
Los practicantes suelen ser los trabajadores más jóvenes en muchas empresas y, aunque gozan de algunos beneficios, hay otros que no reciben por el tipo de contrato que tienen.
Más allá de que reciban sueldo o no (muchas prácticas no son pagas), algo que aplica para todos los practicantes es que no pueden recibir prima de junio o de diciembre.
(Vea también: Cómo usar la prima en Colombia: entidad expuso opciones para unas 10 millones de personas).
“La prima no se paga a los aprendices vinculados mediante contrato de aprendizaje, puesto que solo debe ser percibida por aquellos trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo que cumplen la condición de empleados dependientes y subordinados”, detalla el portal especializado Actualícese.
Así las cosas, miles de trabajadores jóvenes que están actualmente haciendo sus prácticas no pueden recibir ese dinero que ayuda mucho en esta parte del año.
Aunque la ley no lo contempla, tampoco lo castiga. Es decir, si una empresa quiere pagarle un bono o prima a un practicante, puede hacerlo sin ningún problema.
“Si el patrocinador [empresa] voluntariamente quiere hacerlo, puede hacer el pago de dicha prestación, toda vez que no exista algún impedimento en la ley”, apuntó esa plataforma.
La prima de servicios es una prestación social obligatoria para los trabajadores. Esta prima se paga en dos cuotas al año y corresponde a un salario mensual adicional dividido en dos partes iguales.
La primera cuota se paga a más tardar el 30 de junio y corresponde a los días trabajados entre el 1 de enero y el 30 de junio. La segunda cuota se paga a más tardar el 20 de diciembre y corresponde a los días trabajados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre. Cada cuota equivale a la mitad del salario mensual del trabajador, proporcional al tiempo trabajado en cada semestre.
Para calcular la prima de servicios, se toma el salario mensual del trabajador y se divide entre los días del semestre (180 días). Este resultado se multiplica por el número de días trabajados en ese período. Por ejemplo, si un trabajador gana $ 1’800.000 mensuales y ha trabajado todo el semestre, recibirá una prima de $ 900.000 en junio y otra igual en diciembre.
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