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En la reforma pensional del presidente Petro se aborda este tema, pero no con los detalles suficientes que pide la comunidad; exigen regulación en el sistema.
En Colombia, los hombres se pensionan a los 62 años y las mujeres, a los 57, sin embargo, sin importar el género, los cotizantes deben cumplir con 1.300 semanas de trabajo para acceder a la jubilación en el régimen público, en los fondos privados lo mínimo son 1.150.
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Con esos datos, las personas que se identifican como no binarias se sienten excluidas, ya que sobre ellas no se establecen condiciones para saber en qué momento se pueden pensionar.
De acuerdo con Colombia Diversa, el género es un espectro en el que las personas pueden sentirse identificadas de distintas maneras, ya sea en los espacios binarios de femenino y masculino, de manera fluida con ambos o de manera no binaria, en la que prefieren no ubicarse en ninguno.
“En el amplio espectro de la diversidad, hay personas que no se identifican como hombres ni como mujeres”, explicó la organización sobre el género no binario. Cabe destacar que en el país ya está aprobado que las personas no binarias puedan identificarse de esa manera en su documento de identidad.
En la actualidad, la Corte Constitucional estudia una demanda sobre este tema, pues el demandante asegura que la población no binaria está siendo excluida, ya que no hay claridad sobre las condiciones de pensión, según información de La FM.
Sin embargo, en la reforma pensional del presidente Petro hay una propuesta para las personas no binarias, en la que de ser aprobada, se pueden jubilar a los 57 años.
“Su condición de personas les hacen titulares del derecho a contar con igualdad de términos y condiciones con una descripción y reglamentación clara, concisa, concreta y expresa desde la perspectiva legal, frente a la definición de los requisitos y reglas que les resultan aplicables en materia de edad para la consecución de una pensión de vejez, jubilación o invalidez, situación que hoy no se encuentra ni siquiera sumariamente definida por el legislador”, se expresa en al demanda.
(Vea también: Pondrían a sufrir a pensionados con altas sumas en Colombia, por nueva apuesta del Gobierno)
Sin embargo, el abogado Édgar Polo, destacó en el medio citado que la pensión no se basa en temas de identidad de género sino que está relacionado con las características biológicas de los trabajadores, por lo que la discusión no se debe dar por ese camino sino por el de la discriminación.
“El fondo del asunto tendría que ver con respecto a la discriminación positiva que esa norma comprende más que con la identidad sexual que asuma el individuo”, mencionó el abogado constitucionalista.
Por ahora, el caso está siendo estudiado de manera independiente a la nueva reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro.
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