Explican de qué se trata la indemnización sustitutiva y cómo se puede solicitar en Colombia

Economía
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Es un beneficio que se otorga a los afiliados al Régimen de Prima Media del Sistema General de Pensiones que aún no cumplen con las semanas de cotización.

En Colombia existen muchos casos en los que una persona, al haber cumplido la edad para obtener la pensión de vejez, no alcanza a cotizar el mínimo de semanas exigidas y no tienen la posibilidad de continuar aportando para completar los requisitos.

(Lea también: Alertan a trabajadores que están cerca de pensionarse: sufrirían un conflicto de interés)

Ante esa situación, existe una alternativa para recibir la pensión en Colombia.

Se trata de la indemnización sustitutiva, un beneficio económico que se otorga a aquellos afiliados al Régimen de Prima Media (RPM) del Sistema General de Pensiones en Colombia que cumplen con la edad pensional, pero no han logrado acumular las semanas de cotización mínimas exigidas para acceder a una pensión de vejez.

¿Quiénes pueden acceder a la indemnización sustitutiva?

  • Afiliados al RPM que cumplan con la edad pensional: 57 años para mujeres y 62 años para hombres.
  • No han cumplido con el mínimo de semanas cotizadas exigidas: 1.300 semanas.
  • Demuestren imposibilidad de seguir cotizando al sistema de pensiones.

¿Cómo se calcula?

El monto de la indemnización sustitutiva se calcula tomando en cuenta:

  • El número de semanas cotizadas por el afiliado.
  • El salario base de cotización del último año.
  • La tasa de revaluación anual definida por la ley.

(Vea también: “El sistema está caído”: surge lío en Colpensiones que embolataría la pensión de muchos)

¿Cómo solicitarla?

El trámite para solicitar la indemnización sustitutiva se debe realizar ante la Administradora de Pensiones a la que se encuentre afiliado el cotizante.

Para ello, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud de indemnización sustitutiva.
  • Cédula de ciudadanía o documento de identidad vigente.
  • Certificado de existencia y supervivencia.
  • Actos de defunción del cónyuge o compañero permanente (en caso de existir).
  • Demás documentos que la administradora de pensiones considere necesarios.

¿En qué casos se pierde el derecho a la indemnización sustitutiva?

  • Si el afiliado vuelve a cotizar al sistema de pensiones y cumple con el mínimo de semanas exigidas para acceder a una pensión de vejez.
  • Si el afiliado renuncia o es despedido sin justa causa de un trabajo formal y no vuelve a cotizar al sistema de pensiones en un plazo de 12 meses.
  • Si el afiliado es condenado por un delito doloso.

Con lo anterior, la indemnización sustitutiva se vuelve en un importante mecanismo de protección social para aquellos trabajadores que, a pesar de haber cotizado al sistema de pensiones durante un tiempo considerable, no logran cumplir con el mínimo de semanas exigidas para acceder a una pensión de vejez.

Esta prestación económica les permite contar con un ingreso mínimo para afrontar sus necesidades básicas en la vejez.

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