¿Hay licencias en el trabajo por la muerte de la mascota? La Ley fue clara al respecto

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-11-18 13:05:11

La licencia por luto se presenta cuando un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad pierde la vida, pero no se dice nada de los animales de compañía.

Los trabajadores en Colombia tienen una clase de beneficios que deben conocer para que en caso de que se presente alguna situación por fuera del horario laboral, puedan aplicar si es algo muy grave.

(Ver también: Corte Constitucional declaró extraña enfermedad como incapacitante; colombianas, contentas)

Por ejemplo, cuando a un trabajador se le muere el papá, la mamá, el hermano o algún otro integrante de la familia, tiene por ley cinco días hábiles de licencia remunerada para que pueda pasar el duelo y estar junto al resto de sus familiares de una forma tranquila.

Sin embargo, para muchas personas sus familiares son sus mascotas, ya que no quieren tener hijos ni pareja, pero para estos casos no hay nada establecido para los trabajadores en caso de su fallecimiento.

¿Trabajadores tienen días libres si la mascota se muere?

En 2021 la Cámara de Representantes planteó la Ley 278/2021C, en la cual decía que cuando la mascota falleciera, el trabajador podría tener dicha licencia de luto, ya que los animales ahora son parte de la familia.

Sin embargo, tal como escribió el Ministerio de Trabajo en la respuesta de Radicado No. 02EE2022410600000015618 y 02EE2022410600000015621, dicho proyecto se archivó y, por ahora, no se discutió más, por lo que si a una persona se le muere la mascota, no tendrá días de licencia de luto.

Ahora, igual hay empresas que dentro de sus normas y del manual de conviencia sí tienen estipulado que el trabajador podría tener unos días por esta situación, pero eso está más allá de la Ley. 

Por otro lado, el Ministerio, aunque explicó que no hay norma establecida, sí agregó que hay otras alternativas de tener días libres en caso del fallecimiento del animal, como por ejemplo una incapacidad médica, una licencia no remunerada o unas vacaciones. 

Por ejemplo, si la muerte de la mascota le dio una depresión o ansiedad al trabajador y eso hace que no pueda cumplir con sus labores a cabalidad, el colaborador puede ir a la EPS y si el profesional de la salud determina que efectivamente sí tiene esos temas médicos, le podrá dar la incapacidad respectiva para que no tenga que presentarse en la oficina.

Por otro lado, si no son tan fuertes los síntomas, pero no se siente en condición de trabajar, explicó el Ministerio, podrá pedir una licencia no remunerada, que se trata de que la empresa le da permiso de faltar, pero en los días de ausencia no le pagarán el sueldo.

(Ver también: Ilusión para jóvenes que apenas inician a trabajar en Colombia: pueden volverse gerentes)

Finalmente, si tiene días de vacaciones, puede pedirlos para recuperarse de la mejor manera y, cuando las cumpla, regresar renovado a sus labores de la compañía.

FUENTES CONSULTADAS

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