Estos trabajadores en Colombia podrían tener cambios importantes en el pago del salario
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Visitar sitioLas empresas de servicios temporales deberán garantizar algunos derechos a los trabajadores en Colombia.
La propuesta de reforma laboral, que retoma el Congreso de la República en las próximas semanas, trae importantes cambios sobre pagos y derechos de trabajadores en Colombia que hacen parte de empresas que prestan servicios como contratistas.
Los mecanismos incluyen aquellas compañías que en el país dan cuenta de servicios temporales y que son subcontratadas para, por ejemplo, servicios sobre el mantenimiento de activos de la empresa, limpieza, inversiones, entre otros.
Estos trabajadores en Colombia, en caso de que el Congreso apruebe la reforma laboral del gobierno Petro, deberán tener una serie de derechos que tendrán que garantizar las empresas de servicios temporales y las que contraten esos servicios.
Según el Ministerio de Trabajo, estos cambios se enmarcan en los recientes acuerdos a los que llegó el Estado colombiano con entidades como la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Recuerdan desde PWC que se establecen nuevas regulaciones para contratistas y subcontratistas, así como limitaciones en los contratos con empresas de servicios temporales, que incluye a los trabajadores en Colombia.
Para el caso de los contratistas y subcontratistas “se incluye como obligación contar con una organización empresarial especializada en los servicios o productos contratados, so pena de que el contratista se considere como un simple intermediario”, dice PWC.
¿Cambios para los trabajadores en Colombia en empresas de servicios temporales?
Para aquellas empresas de Servicios Temporales se establecen nuevas reglas para la contratación:
- La contratación de empresas temporales está limitada a los servicios señalados por la ley y pactados en el contrato.
- Si vencido el plazo o condición del contrato persiste la causa del servicio temporal, la empresa usuaria no podrá prorrogar ni celebrar un nuevo contrato con la misma o diferente empresa de servicios temporales para el mismo servicio.
“Si se trasgreden los limites aquí establecidos, se tendrá a la empresa usuaria como verdadera empleadora, y la empresa de servicios temporales como una simple intermediaria”, agrega PWC sobre estos cambios para los trabajadores en Colombia.
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