Propietarios, en la cuerda floja con predios en 2024; así cobrarán el predial en Colombia

Economía
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El decreto esta sujeto a comentarios y se espera que el Presidente Gustavo Petro lo firme para comenzar a hacer los respectivos cobros catastrales.

El 25 de diciembre se conoció que el Gobierno Nacional tiene listo un nuevo decreto para aumentar el valor del impuesto predial en Colombia a partir del primero de enero de 2024.

La noticia generó malestar porque estos son tiempos difíciles para asumir nuevos aumentos que golpean el bolsillo ciudadano; sin embargo, no se trata de una medida nueva, sino de un ajuste que por norma debe hacerse cada año.

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El decretó fue revelado por RCN Radio. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) reconoció la legitimidad de dicho documento, que, de hecho, reposa en el sitio web de esa entidad.

No obstante, aún carece de las respectivas firmas del ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla; y del director general de la entidad en cuestión, Jorge Iván González Borrero.

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Eso obedece a que de acuerdo con información suministrada por el DNP a El Colombiano, se trata de un decreto en comentarios, es decir, de un borrador que por ley está sujeto a observaciones de los gremios y de la ciudadanía en general, con el fin de concertarlo.

Luego de hacer esos respectivos ajustes pasaría a ser un decreto expedido y posteriormente a ser revisado y firmado por el presidente Gustavo Petro.

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María Mercedes Maldonado, investigadora y consultora en temas de ordenamiento territorial y de políticas del suelo, explicó en palabras sencillas que se trata de los inmuebles que no han sido impactados por procesos de actualización catastral en su respectivos municipios de origen.

La investigadora agregó que por norma los gobiernos municipales deberían actualizar el catastro cada cinco años, sin embargo, “hay territorios que hace más de 20 años no lo hacen”.

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De hecho, Gustavo Marulanda, presidente del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac), señaló en conversación con El Colombiano que, como Medellín, hay otros 122 municipios que cuentan con actualizaciones de sus predios y, por tanto, los propietarios tendrán que pagar lo que determinen dichos estudios locales.

Los otros, cerca de 950 municipios colombianos, la mayor parte, tendrán que cancelar su impuesto según el decreto presidencial.

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En las cuentas del director del IGAC, el pago promedio de un impuesto predial en las zonas rurales de Colombia es de alrededor de $28.000. En ese caso los propietarios pagarían en promedio $1.263 de más (4,51%) si se aprueba el decreto en cuestión.

En zonas urbanas, el impuesto es en promedio de $189.000, por lo que un ciudadano que tribute ese monto vería un aumento de $8.505 en el año.

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La cifra es diferente en el caso para los predios rurales dedicados a las actividades agropecuarias, no formados y no actualizados durante la vigencia 2023. Según el documento, estos solo enfrentarían un alza de 2,55% en el impuesto. Y Se trata de terrenos dedicados a actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas, agroindustriales, agroforestales y de infraestructura en el campo colombiano.

Pese al malestar y la polémica que despertó la noticia, María Mercedes Maldonado, investigadora y consultora, argumentó que no se trata de un decreto inusual, pues cada año se debe dar ese aumento.

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En ese coincidió el director de Igac, quien dijo que esa norma se aplica desde 1990. De hecho, según datos del DNP, ese aumento para la vigencia 2023 estuvo entre el 3% y el 4,31% para avalúos catastrales de predios urbanos y rurales no formados y no actualizados.

A los buenos comentarios se sumó Federico Estrada, gerente de la Lonja Propiedad Raíz de Medellín, quien ve con buenos ojos el incremento planteado por el Gobierno de Gustavo Petro. “Es moderado comparativamente a lo observado en el mercado inmobiliario”.

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Maldonado defendió que eso se debe a que el incremento está muy por debajo de la inflación, la cual se estima que cierre entre el 9,2% y el 9,7% anual. Por esa razón, el monto con el decreto es inferior al que tendrán que pagar los propietarios sujetos a la actualización hecho en municipios.

De hecho, en su concepto el impuesto debió ser más alto, pues ese recaudo no entra al presupuesto del Gobierno, sino que directamente va para los municipios y es un músculo financiero importante para las obras públicas y sociales en los territorios.

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“Creo que el decreto logra el mantener el costo en el tiempo de los predios y también de subir mesuradamente para no afectar tanto el bolsillo de la gente”, concluyó.

Pulzo complementa

El impuesto predial en Colombia es un tributo que grava el valor de los bienes inmuebles, ya sean urbanos o rurales. Este impuesto es administrado por los municipios y distritos del país y se calcula en función del avalúo catastral de las propiedades, el cual es determinado por las autoridades locales.

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El valor del impuesto predial se establece en base a factores como el área del terreno, la ubicación, las características de la construcción y el valor comercial del inmueble. Los propietarios deben pagar este impuesto anualmente, y su recaudación se destina a financiar servicios públicos, obras de infraestructura y el funcionamiento de las entidades territoriales.

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