¿Cuánto debe recibir de prima una empleada doméstica? Jefes podrían tener problemas
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El Ministerio del Trabajo estaría listo para reforzar las inspecciones para determinar que estén cumpliendo con todo lo establecido por la Ley para la prima.
Los hogares colombianos que tienen empleadas domésticas, niñeras, cuidadores de adultos mayores, jardineros, conductores familiares u otros trabajadores de apoyo en casa tienen una obligación clave durante junio: pagar la prima de servicios correspondiente al primer semestre de 2026. El plazo máximo para cumplir con este pago vence el próximo 30 de junio y aplica tanto para trabajadores de tiempo completo como para quienes laboran por días.
Aunque este derecho existe desde la Ley 1788 de 2016, expertos advierten que este año cobra especial relevancia por los cambios introducidos por la Reforma Laboral de la Ley 2466 de 2025. Además, se ha conocido que el Ministerio de Trabajo reforzaría las inspecciones para verificar que los empleadores cumplan con requisitos como contrato laboral, afiliación a seguridad social, pago de prestaciones y demás obligaciones legales.
(Vea también: Subsidio poco conocido al que pueden aplicar trabajadores en Colombia y que debe otorgar las EPS)
De acuerdo con Symplifica, una empleada doméstica que devengue el salario mínimo y haya trabajado durante todo el primer semestre de 2026 deberá recibir cerca de 1’000.000 pesos por concepto de prima. Esto se debe al aumento del salario mínimo, que para este año quedó en 1’750.905 pesos, más un auxilio de transporte de 249.095 pesos, para una base de cálculo de $2 millones mensuales.
La empresa recordó que el beneficio también aplica para trabajadoras domésticas por días, niñeras, cuidadores de adultos mayores, jardineros, conductores de familia y trabajadores de fincas de recreo. En estos casos, la prima debe calcularse de manera proporcional al tiempo laborado y a los días efectivamente trabajados durante el semestre.
Según explicó Salua García Fakih, CEO y cofundadora de Symplifica, todavía existen dudas entre muchos empleadores sobre esta obligación. “Si hay una relación laboral, la prima debe calcularse y pagarse de forma proporcional. Queremos que los hogares cumplan sin miedo y sin enredos”, señaló la directiva.
La compañía también alertó sobre las consecuencias de no pagar la prima o hacerlo de forma incorrecta. Según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador podría enfrentar una indemnización moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso después del 30 de junio. Por ello, recomienda revisar con anticipación el tiempo trabajado, calcular correctamente el valor correspondiente y conservar los soportes de pago.
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