¿Cuándo prescriben las deudas de servicios públicos en Colombia? El plazo es considerable

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-08-21 13:37:23

La extinción de estas obligaciones, que se deben cancelar mensualmente, sucede cuando pasa un determinado tiempo sin que el deudor las salde.

El tiempo en que una deuda prescribe en Colombia dura varios años, y hay de dos tipos, una que tiene un periodo de 3 y otra de 5 años, dependiendo del tipo de obligación que tenga el ciudadano con determinada entidad.

En el caso de los servicios públicos, la Superintendencia de Servicios Públicos establece que la prescripción es de 5 años, teniendo en cuenta que se trata del cobro de un título ejecutivo y no de un título valor. Esto significa que, a partir de la fecha en que la factura se vuelve exigible, la empresa prestadora tiene ese plazo máximo para iniciar una acción legal para cobrar la deuda.

(Vea también: ¿Le pueden embargar el apartamento por no pagar cuota de administración? Sueldo peligra)

De esta manera, si transcurre dicho periodo sin que se inicie ninguna acción, la obligación se considera prescrita y el usuario ya no está obligado a pagarla.

¿Cuándo se debe pagar la reconexión en los servicios públicos?

En el caso de la energía eléctrica, Enel recomienda tener presente que los plazos de pago del recibo son de 5 a 7 días una vez emitida la factura, de esta manera evitarán cortes.

Según información de la entidad, la reconexión para clientes residenciales vale entre 73.000 y 82.000 pesos. Mientras que para los no residenciales tiene un costo desde los 93.000 hasta 231.000 pesos.

Para el gas natural, Vanti tiene los siguientes costos de reactivación del servicio:

  • Residencial: 66.100 pesos.
  • Industrial: 278.300 pesos.

¿Qué es un servicio público esencial en Colombia?

Ante esto, el Ministerio de Trabajo aclara que: “Es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las administraciones públicas y que tienen como finalidad la cobertura de determinadas prestaciones a los ciudadanos“.

Es decir, se consideran servicios públicos esenciales a la Banca Central, la seguridad social relacionada con salud y pago de pensiones, los servicios públicos domiciliarios, la administración de justicia, el servicio que presta el Instituto Nacional Penitenciario (Inpec), la prevención y control de incendio, las actividades de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (Dian), la explotación del petróleo y la educación.

¿Quién debe pagar los servicios públicos, el dueño o el arrendatario?

Como en el caso del pago de la reconexión de los servicios, este punto suele depender de lo establecido en el contrato de arrendamiento, por lo que es importante revisarlo, ya que allí, en muchas ocasiones, se especifica quién es responsable de pagar estas obligaciones.

 

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