Cuál es la fecha límite para el pago de intereses de cesantías en Colombia 2026

Fecha límite para pago de intereses de cesantías en Colombia en 2026: muchos no le paran bolas

Economía
Tiempo de lectura: 3 min
Escrito por:  Christian Suárez
Actualizado: 2026-01-14 10:59:45

El empleador está obligado a reconocer un interés legal del 12 % anual sobre las cesantías causadas durante el año anterior; omitirlo causa multas.

Los trabajadores en Colombia deben tener presente una fecha clave relacionada con sus prestaciones sociales de inicio de año. El pago de los intereses de cesantías correspondientes a 2025 tiene como plazo máximo el 31 de enero de 2026, según la normativa vigente.

Este pago es diferente a la consignación de las cesantías. Mientras las cesantías deben ser depositadas por el empleador en el fondo elegido por el trabajador a más tardar el 14 de febrero, los intereses de cesantías se pagan directamente al empleado, ya sea mediante transferencia bancaria o junto con la nómina, dependiendo del procedimiento de cada empresa.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia y lo establecido en la Ley 50 de 1990, el empleador está obligado a reconocer un interés legal del 12 % anual sobre las cesantías causadas durante el año inmediatamente anterior. En los casos en los que el trabajador no haya laborado el año completo, el valor se liquida de forma proporcional al tiempo trabajado.

Para quienes devengaron el salario mínimo durante todo 2025, fijado en 1’423.500 pesos, el monto a recibir por concepto de intereses de cesantías será de 170.820 pesos.

El no pago oportuno de esta obligación puede causar sanciones para el empleador, por lo que se recomienda a los trabajadores verificar que el abono se realice dentro del plazo establecido por la ley.

¿Cuál es la fórmula para calcular los intereses de cesantías en 2026?

Los trabajadores en Colombia deben tener en cuenta cómo se calculan los intereses de cesantías que recibirán en 2026, correspondientes al ahorro acumulado durante 2025. De acuerdo con la normativa vigente, estos intereses equivalen al 12 % anual sobre el valor total de las cesantías causadas y deben ser pagados directamente por el empleador, a más tardar el 31 de enero.

La fórmula es sencilla: valor de las cesantías × 12 %. Por ejemplo, si una persona devengó un salario mínimo en 2025, fijado en 1’423.500 pesos, el cálculo sería 1’423.500 pesos × 12 %, lo que da como resultado 170.820 pesos.

Así se calcularían los intereses para otros salarios:

  • Salario: 2’000.000 pesos × 12 % = 240.000 pesos.
  • Salario: 3’000.000 pesos × 12 % = 360.000 pesos.
  • Salario: 4’000.000 pesos × 12 % = 480.000 pesos.
  • Salario: 5’000.000 pesos × 12 % = 600.000 pesos.

Este pago es independiente del fondo en el que estén consignadas las cesantías.

¿Qué pasa si la empresa no paga los intereses de cesantías?

Si una empresa en Colombia no paga los intereses de las cesantías dentro del plazo legal —que vence cada 31 de enero— incurre en mora y puede enfrentar varias consecuencias previstas en la ley laboral vigente.

De acuerdo con la normativa, el empleador se expone a sanciones económicas y multas que pueden ser impuestas por el Ministerio del Trabajo tras una queja o proceso administrativo. Además, el trabajador afectado tiene la posibilidad de iniciar acciones legales para reclamar el pago de los intereses adeudados.

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En estos casos, la ley contempla una indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago de las cesantías, no de los intereses como tal. A esto se suma una sanción adicional equivalente al valor total de los intereses causados y no pagados oportunamente.

Las cesantías y sus intereses son una obligación anual para los empleadores y su incumplimiento puede derivar en procesos judiciales y costos adicionales para la empresa.

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