Compras por Amazon, Temu y Shein tendrían nuevo cambio en Colombia: a compradores no les gustó

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Ahora la reforma tributaria tendrá como objetivo igualar las condiciones entre comercio retail doméstico y el retail por medio de canales virtuales.

A pesar de que la importación de todo tipo de bienes y servicios se encuentra sujeta al cobro de IVA en Colombia, la importación de productos de bajo costo, o denominados minimis (menores a US$200), no paga este impuesto al momento de ingresar al país.

Para el Ejecutivo, esta situación se traduce en la disminución de la equidad con empresas domésticas, la cuales enfrentan una desigualdad de condiciones debido al pago de impuestos al interior del país.

(Lea también: “Apagar el sistema”: alertan por efectos de la nueva reforma tributaria de Gobierno Petro)

Dicho esto, el nuevo texto de reforma tributaria del Gobierno Petro plantea la posibilidad de realizar el ajuste y cobrar el gravamen como respuesta a la creciente demanda del comercio electrónico que está intensificando los envíos con esas características.

“El presente Proyecto de Ley propone la derogación del numeral j del artículo 428 del ET, eliminando así la exención de IVA a la importación de minimis. Con esta modificación, se busca eliminar las distorsiones negativas de esta exención sobre el comercio local, así como fortalecer el recaudo del IVA al interior del territorio nacional”, se lee en el documento.

De acuerdo con estimaciones de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), la implementación de esta propuesta permitiría incrementar el recaudo en aproximadamente $ 640.000 millones para el año 2026.

La exención a estos artículos fue incorporada por medio de la Ley 1607 de 2012 como reflejo de una práctica ampliamente usada en su momento a nivel internacional, y que permitía reducir el costo de recaudo del IVA.

(Recomendado: Gobierno Petro busca eliminar beneficio clave para inversionistas en reforma tributaria)

De acuerdo con la OCDE, en años donde las mercancías de bajo costo representaban una pequeña proporción del comercio total, “la importación de minimis por medio del sistema arancelario tradicional generalmente implicaba mayores costos relativos a los beneficios percibidos por el recaudo del impuesto”.

El ejemplo de otros países

El Gobierno expuso en el texto de reforma tributaria que durante los últimos años, varios países han optado por la eliminación de la exención del IVA a los minimis, “incrementando el recaudo y eliminando las distorsiones que esta exención genera”.

Desde 2018, países como Australia, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Reino Unido y la Unión Europea han eliminado o modificado la exención a los minimis, con el objetivo de igualar las condiciones entre comercio retail doméstico y el retail por medio de canales virtuales.

Asimismo, existen ejemplos como el de Estados Unidos, en el cual existía una exención de IVA a la importación de minimis por valor inferior a los US$800. En la actualidad, de acuerdo con el estudio Consumption Tax Trends 2024 de la OCDE, solo 10 países de una muestra de 37 presentan algún tipo de exención en la importación de minimis, entre los cuales Colombia resalta por presentar el segundo umbral más alto (US$200), solo superado por Costa Rica (U$500).

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