Pago adicional que pueden tener trabajadores en Colombia, si tienen novedad con cesantías

Economía
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Por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-01-23 13:08:15

En los próximos días, las empresas deben pagar las cesantías y los intereses de las mismas a los empleados. En caso de que no lo hagan, se exponen a sanciones.

Las cesantías son una prestación social que busca asegurarle al empleado unos ahorros que generan una rentabilidad al año. Equivalen a un salario mensual por cada año laborado. Eso significa que, por 12 meses trabajados, se consigna un salario mensual más intereses.

(Lea también: Cuándo pagan los intereses de las cesantías en 2024 y cómo se calculan; haga cuentas)

El empleador podrá consignar ese dinero al fondo elegido por el empleado como máximo el 14 de febrero. Es decir, la plata no llega a la cuenta del trabajador sino al fondo de cesantías (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia o Fondo Nacional del Ahorro) al cual el trabajador esté afiliado.

El único caso en que le pagan las cesantías directamente al trabajador es cuando su contrato se termina antes del 14 de febrero y estas entran a hacer parte de la liquidación laboral.

¿Qué pasa si no me pagan las cesantías?

De acuerdo con la Ley 50 de 1990, si el empleador no consigna las cesantías al fondo elegido por el trabajador, deberá pagar un día de salario por cada día de retardo, explica Actualícese.

En caso de ganar el salario mínimo, su empleador tendría que pagarle $ 43.333 por cada día de retraso. Lo ideal es llegar a un acuerdo con la empresa, pero también puede acudir a un inspector de trabajo y presentar una demanda a un juez laboral o a un juez civil para reclamar ese dinero.

Intereses: ¿cuándo pagan las cesantías y cómo se calculan?

Los intereses de las cesantías se liquidan el 31 de diciembre y deben pagarse en la nómina siguiente, es decir, a más tardar el 31 de enero. Ese es el plazo máximo.

La ecuación para calcularlas es sencilla: cesantías multiplicadas por 0,12, luego multiplicadas por 360 y divididas por 360. Así se aplica al salario mínimo de 2023: 1’160.000 x 0,12 x 360 / 360, que resulta en $ 139.200.

Esta cifra es la que el empleador debe consignarle al trabajador en la nómina de enero de 2024 como intereses del 12 % sobre el ahorro acumulado en 2023.

En caso de que no le paguen los intereses, la empresa estará obligada a pagarle el doble después del 31 de enero. Es decir, transferirle el 24 % del valor, en lugar del 12 %. En dinero, deben consignarle el doble.

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