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Estos son algunos aspectos generales sobre este proceso, sus condiciones y algunos propósitos para que las personas tengan en cuenta.
Los empresarios tendrán hasta el 14 de febrero, a la medianoche, para realizar el pago al fondo de cesantías. Estas se liquidan anualmente al 31 de diciembre del año anterior. Por supuesto, existen algunos términos que cada asalariado debe conocer sobre este tema. En la pandemia, algunas condiciones cambiaron.
Las cesantías representan un monto fundamental para las personas. Estas son una prestación social que el empleador debe pagarle a sus trabajadores diferente al salario normal de cada quien. La suma equivale a un mes de salario por cada año trabajado del empleado.
Sin embargo, estos no son recursos que se puedan manejar libremente. Existen algunas condiciones como quedarse sin empleo o compra de vivienda, que son excepciones para poder acceder a ellos.
Según el decreto 1072 de 2015, el cual establece el retiro de cesantías, propone los puntos para que el procedimiento sea efectivo. Solo se podrá disponer del dinero cuando:
1. Retiro por terminación de contrato: cuando se realice la culminación del contrato y ocurra por los motivos previstos en la ley laboral.
2. Entrega de cesantías por muerte del trabajador: cuando se presenta la muerte de un trabajador, el fondo al cual estaba inscrito esa persona, “entregará las sumas correspondientes con sujeción”.
3. Retiro parcial de vivienda: si el trabajador desea un pago parcial de sus cesantías para la adquisición o mejora de bienes raíces.
4. Retiro sustitución patronal: si se presenta este caso, se deberá solicitar al fondo junto con el “acuerdo entre el trabajador y el empleado”.
5. Retiro para prestar servicio militar: el trabajador podrá retirar “el auxilio de cesantía en caso de llamamiento para prestar servicio militar”.
6. Retiro parcial para estudio: con este dinero se pueden financiar los estudios del “trabajador, cónyuge e hijos en entidades de educación superior”.
Para hacer este procedimiento, el Ministerio del Trabajo tiene habilitada, en en su página web, una calculadora automática para que pueda calcular el monto de sus cesantías. Si desea ingresar, oprima este enlace.
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