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Giro en desaparición de estudiante en Cartagena por tema con Fiscalía: “Hipótesis fuerte”
Las modificaciones están consignadas en el nuevo Plan Nacional de Desarrollo y generarán revuelo en todo el sistema pensional del país.
De los cuatro cambios que se hicieron en este tema, dos tienen un impacto grande en los planes de miles de colombianos que aspiran a pensionarse algún día. Puntualmente son: los artículos 197 y 202 del PND.
Según el diario La República, el primero se llama Piso de Protección Social y va dirigido a personas con ingresos menores de un salario mínimo. Con la entrada en vigencia del Plan, quienes ganen menos de ese monto por tener una vinculación laboral por tiempo parcial tendrán que acogerse a dicho Piso que lo integran “el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad en Salud, el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (Beps) y el Seguro Inclusivo”, detalla ese diario.
En plata blanca, lo que fija este artículo es que lo que se aporta al programa Beps (Beneficios Económicos Periódicos) lo pague el empleador o contratante y corresponderá al 15 % de lo que devenga el trabajador.
Las opiniones están divididas en torno a este artículo. La posición de Asofondos es que se crearía un sistema paralelo que denominan como de “cuasiprotección”.
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La República cita también a Iván Jaramillo Jassir, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, que califica de “inconveniente” este artículo del PND porque puede generar mayor informalidad y por ahí de paso se podrían reducir los derechos de los trabajadores.
Sobre este punto, El Espectador destaca que este piso mínimo de protección social impactaría a quienes hoy no cotizan para lograr la pensión y se les impone un aporte integral para seguridad social, a cargo de su empleador.
El otro artículo polémico es el 202 denominado Promoción de los Beneficios Económicos Periódicos y da cuenta de que los afiliados al sistema pensional en Colombia tendrán como “prestación sustituta” el retorno de saldos. Este pago se haría de forma anual y vitalicia.
La polémica en este último punto gira en torno a que el dinero se movería a través del mecanismo de los Beps, salvo que la persona pida la devolución de este 6 meses después de la notificación.
El Espectador, por su parte, explica que este último artículo también contempla que quienes tienen saldos en el sistema y no alcanzaron a lograr su pensión en Colombia, puedan reclamar el dinero para proyectos productivos, gastos o, como se dijo anteriormente, dejarlos en Beps.
“El gobierno les aporta un 20% más de lo que haya ahorrado y apenas cumplan la edad de pensión empiezan a recibir una renta vitalicia que durará por toda la vida”, explica El Espectador.
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