Alivio para arrendatarios: casos en los que pueden descontar del arriendo al propietario

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-11-18 15:03:39

La ley es clara en varias de las situaciones en las que, con previo aviso, el arrendatario puede transferir menos dinero o incluso pedir reducción del canon.

En Colombia más del 30 % de personas viven en arriendo, según datos de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz. Esta cantidad de personas viven bajo las reglas de un contrato, que a su vez está avalado por leyes que tienen garantías, en muchas ocasiones, poco conocidas.

(Vea también: Ránking de los mejores lugares (económicos) para buscar arriendo en Colombia)

El Código Civil y la Ley 820 de 2003 son las normas que regulan los contratos y allí reposa un beneficio que muchas veces se hace necesario y que pocos inquilinos reclaman por falta de conocimiento. Se trata de garantías económicas que tienen los arrendatarios cuando un propietario está teniendo malas conductas con el inmueble. Esta información se suma a la del aumento del canon para el 2024 que ya tiene un valor específico.

Cuándo se puede descontar dinero del arriendo al propietario

En este sentido, hay casos particulares en los que los inquilinos pueden descontar dinero de la tarifa mensual que deben transferir al arrendador. Estos son los casos en los que aplica este beneficio para el arrendador:

  1. Reparaciones de carácter urgente: en caso de que hayan daños o defectos que afectan la habitabilidad y la seguridad del inquilino. Si el propietario no realiza las reparaciones respectivas después de haber sido notificado, el inquilino tiene derecho a realizar las reparaciones por cuenta propia y descontar el dinero del arriendo.
  2. Pagos adelantados no utilizados: si el arrendatario pagó con servicios públicos o administración por adelantado y este dinero no ha sido utilizado durante el arrendamiento, este puede solicitar un descuento o ajuste en canon.
  3. Defectos ocultos o vicios: si el inmueble tiene defectos que inciden en el uso normal y el propietario no informó sobre los mismos antes de firmar el contrato, el inquilino puede solicitar una reducción en el valor del arriendo.
  4. Incumplimiento de servicios: si el arrendador no proporciona las comodidades que están pactadas en el contrato, el arrendatario puede retener el pago proporcional o solicitar una baja en el costo.

Cabe mencionar que en todas estas situaciones el arrendatario debe dar previo aviso por medio de los canales de comunicación dispuestos por el propietario del inmueble para hacer estos descuentos en el canon de arrendamiento.

Adicionalmente, es importante que en situaciones más complejas los inquilinos acudan a asesoramiento legal con un abogado especializado para encontrar la solución adecuada.

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