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A pesar de que la situación parezca complicada para muchos de los conductores, hay una tabla de salvación que les quitaría ese peso de encima.
Así como hubo una advertencia para los conductores entre 30 y50 años de edad, un dato apareció como clave dentro de los comparendos que se llevan a cabo dentro de las vías en el país.
La manera para evitar el pago de un comparendo de tránsito en Colombia al identificar que una fotomulta queda inhabilitada es si la cámara que tomó la imagen no aparece registrada de manera oficial, según el experto conocido como Señor Biter.
El especialista en cuestión aclaró que para saber si esa situación se presenta se debe visitar el sitio web de la Agencia Nacional de Seguridad Vial e identificar al espacio en el que se indican las cámaras de fotodetección autorizadas.
Aclaró que, en ese caso en particular en el que el dispositivo no esté registrado, se presentaría un error en el procedimiento que llevaría a que la fotomulta no tenga ninguna validez.
De igual manera, explicó que las cámaras de fotomultas no son ilegales, sino que este concepto se ajusta a la manera de llevar a cabo el proceso de comparendo y posterior multa.
Colombia tiene 877 cámaras de fotodetección para multas de tránsito en los diferentes puntos del país, en ciudades como Bogotá, Barranquilla, Cúcuta y Medellín, entre otros espacios con este servicio.
Así lo mostró en el video el experto conocido como Señor Biter, en fecha de actualización del 10 de febrero de 2025, pues Pulzo trató de consultar el sitio web oficial pero este no estaba activo el sábado 15 de febrero de 2025.
Lo cierto es que la herramienta que presentó el mencionado especialista ofrece una alternativa que le quitaría de encima a muchos el pago de la multa en medio del comparendo.
En el contexto de las leyes de tránsito, un comparendo y una multa son conceptos relacionados pero distintos. Aquí quedan claras las diferencias entre cada uno:
Así, el comparendo es el aviso inicial de la presunta infracción, mientras que la multa es la penalización económica final. El comparendo puede dar lugar a una multa si la infracción se confirma y no se impugna.
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